Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada NAILA ANDRADE RAMIREZ; actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO SUAREZ PRIETO, ambos ya identificados;
SEGUNDO: REVOCA en todas sus partes la resolución proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de noviembre de 2007; en consecuencia se ordena al referido Juzgado pronunciarse sobre la admisibilidad del la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos EVANGELINA SANCHEZ CARVAJAL y FRANCISCO ANTONIO SUAREZ PRIETO, representado por la abogada NAILA ANDRADE RAMIREZ.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de fallo, de conformidad con el artículo 281 del.....