En fecha 12 de Junio de 2025, el ciudadano NEUDY SAMUEL SALAS MANGLE, suficientemente identificado, asistido por la abogada NEDDY MARGARITA SALAS MANGLE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 138.373; solicita se le declaren las anteriores diligencias Título Suficiente que acrediten los derechos de propiedad y posesión que tiene, sobre unas mejoras y bienhechurías constituidas sobre un lote de terreno propiedad de la Municipalidad del Municipio Baralt del Estado Zulia, ubicado en el Sector La Florida, Tercera Calle del Sector, a 125 Metros de la entrada del Sector Helimenas Fonseca, Jurisdicción de la Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, cuya superficie es de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (643,89 Mts. 2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con propiedad que es o fue de Gloria Bravo; Sur: con propiedad que es o fue de Guadalupe Pérez; Este: Linda con la quebrada del Sector y; Oeste: Linda con la Tercera Calle del Sector.- Por cuanto las anteriores actuaciones están acreditadas con las declaraciones juradas rendidas por los ciudadanos Eliseth Yohanna Fonseca de Borjas, Yelitza del Valle Meléndez Díaz y Castor Antonio Peña Jiménez; por ante éste Juzgado en fecha 11 de Agosto de 2025, de Plano Topográfico, así como también se ofició al Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia y al Sindico Procurador Municipal del Municipio Baralt del Estado Zulia, quienes no emitieron observación alguna sobre el particular.- En consecuencia, este Juzgado con la facultad que le confiere el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias Titulo suficiente para asegurar los derechos de propiedad que tiene el ciudadano NEUDY SAMUEL SALAS MANGLE, sobre las mejoras antes expresadas, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones en original, dejándose copia certificada para su archivo.-
El Juez Provisorio:
Abog. Carlos A. Lucena G.
La Secretaria:
Abog. Norelys V. Olivera M.
En la misma fecha se devuelve constante de _____________________________________(____) folios útiles y se dejó copia certificada.-
La Secretaria:
Abog. Norelys V. Olivera M.
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