REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, nueve (9) de Octubre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO:VP01-S-2018-00016P

Recibida en el día de hoy, revisada como ha sido la transacción., presentada por ante la Unidad De Recepción De Documentos, del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, sede Maracaibo, donde el ciudadano EDGAR HERNANDEZ identificado con la cedula de identidad numero: V-7.794.908 debidamente asistido por el ciudadano abogado en ejercicio Alonso Soto inscrito en el inpreabogados bajo el numero: 114.749 por una parte y por la otra la ciudadana abogada Fabiola Boscan inscrita en el inpreabogados bajo el numero: 104.387 en su carácter de apoderada de la Entidad de Trabajo: CERVECERIA REGIONAL C.A. Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, a través de la cual el ciudadano arriba mencionado reciben la cantidad de: Seis mil ciento cincuenta Dolares estadounidenses ($ 6.150,00) por concepto de diferencias de domingos laborados no cancelados. se observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la ley y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y no se ordena el archivo definitivo del expediente, debido a que no consta de manera expresa e inequívoca el cumplimiento de todo lo acordado en cuanto a los demas solicitantes y lo acordado en el texto de la misma. Así se Decide.

El Juez
Abg. Frank Guanipa