En fecha 06 de Agosto de 2025, el ciudadano ATILIO ANTONIO GIL VALERO, suficientemente identificado, debidamente asistido por la abogada AMARILY FELICIA STRUVE DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 91.375, solicita se le declaren las anteriores diligencias Título Suficiente que acrediten los derechos de propiedad y posesión que tiene, sobre unas mejoras y bienhechurías constituidas sobre un lote de terreno propiedad de la Municipalidad del Municipio Baralt del Estado Zulia, ubicado Sector La Florida, entre 6ta y 7ma Transversal, como punto de referencia a 80 Metros de la Cancha de Bolas Criollas, Población y Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, cuya superficie es de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (218,73 Mts.2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con Lote que es o fue propiedad de María Elena Valero; Sur: Con Lote que es o fue propiedad de Zenaida Terán; Este: Con lote que es o fue de Ovidio Materano y; Oeste: Con Avenida La Florida.- Por cuanto las anteriores actuaciones están acreditadas con las declaraciones juradas rendidas por los ciudadanos Luís Miguel Colina Delgado, Josue Anthony Cadiz Trejo y Yulexy Josefina Cordero Barreto; por ante éste Juzgado en fecha 20 de Noviembre de 2025, de Plano Topográfico, así como también se ofició al Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia y al Sindico Procurador Municipal del Municipio Baralt del Estado Zulia, quienes no emitieron observación alguna sobre el particular.-
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