DISPOSITIVO
Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS ALCALA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.945.047, domiciliado en el municipio San Francisco del estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio y Defensora Pública LIGCAR FUENMAYOR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.885, proveniente de la Jornada de Tribunal Móvil de fecha tres (03) de diciembre de 2024, efectuada en el Circulo Militar de Maracaibo, contra la ciudadana MAYKERLIN JOHANA URDANETA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.052.192, fundamentado en el DESAFECTO conforme a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 1070 en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia del Magistrado JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER, Exp. 16-0916; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo de Matrimonio Civil que ellos contrajeron por ante el Registro Civil de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante, en jurisdicción del municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No. 149, en fecha veinticinco (25) de junio de 1.999.
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