REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, 13 de junio de 2025
215° y 166°

Vista la diligencia de fecha 12.06.2025, suscrita por la abogada WINIFRED FRENDIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 167.561, actuando en su carácter de defensora judicial de la parte demandada en la presente causa, mediante la cual desiste de la prueba de informe promovida en el escrito de pruebas presentado en fecha 07.05.2024, requerida al Hospital Tipo I “Dr. David Espinoza Rojas” de Salamanca. Este Tribunal a los fines de proveer sobre su homologación observa:
- que la abogada WINIFRED FRENDIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 167.561, actúa como de defensora judicial de la parte demandada en la presente causa, el cual es debidamente facultada para desistir.
- que según se evidencia del escrito de promoción de pruebas consignado en fecha 07.05.2024, la abogada WINIFRED FRENDIN, promovió la prueba de informe requerida al Hospital Tipo I “Dr. David Espinoza Rojas” de Salamanca, con el objeto de que informara si en los registros de defunción que lleva ese centro asistencial, durante los últimos tres (03) años, si se encuentra registrada la ciudadana MAFALDA ELENA MOTTOLO DE VILLASANA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° V-1.857.219, que haya ingresado a ese centro asistencial y haya fallecido en el mismo.
- que este Tribunal por auto de fecha 20.05.2024 admitió dicha prueba de informe.
En vista de lo precedentemente señalado, este Tribunal imparte la homologación al presente desistimiento de la prueba de informe requerida al Hospital Tipo I “Dr. David Espinoza Rojas” de Salamanca, en todas y cada una de sus partes, tal y como en efecto lo hará en forma expresa en la parte dispositiva de este decisión. Y así se decide.

Bajo los anteriores señalamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, declara:
PRIMERO: Se homologa el desistimiento efectuado por la abogada WINIFRED FRENDIN, en su carácter acreditado en autos de la prueba de informe requerida al Hospital Tipo I “Dr. David Espinoza Rojas” de Salamanca, promovida en el escrito de pruebas presentado en fecha 07.05.2024, en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, se prosigue la presente causa hasta llegar a su definitiva culminación.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. IXORA LOURDES DIAZ
LA SECRETARIA,

Abg. RAIDA PIÑA LÓPEZ.
ILD/RPL/mfv.-
Exp. Nº T-INST-2-12.590-22