REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Zulia, con sede en Cabimas
Cabimas, Miércoles, Nueve (09) de Julio de 2025.
215º y 166º
ASUNTO: L-2024-000026.-
PARTES DEMANDANTES: FRANKLIN ANTONIO GONZALEZ RONDON, DANILO JOSE CARRIZO LUJANO y JOSE GREGORIO MORENO FIGUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-11.277.891; V.-8.514.113 y V.-18.944.561, domiciliados en la ciudad de Mene Grande, Municipio Baralt del Estado Zulia.
APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTES DEMANDANTES: SEGUNDO JONAS PICHARDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 231.248.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS MASCAREÑO, C.A (TRANSERVMACA), inscrita en el Registro de Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 14 de Agosto de 2003, bajo el Nro. 2, tomo 4-A, Tercer Trimestre, con Acta de Asamblea extraordinaria de Accionistas celebrada el día 23 de marzo de 2016, domiciliada en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON RAMOS MONTILLA y GÉNESIS ANGIMAR MEJÍA SEGOVIA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 62.448 y 322.031.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
DECISIÓN INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
En el día hábil de hoy, miércoles, nueve (09) de julio del año dos mil veinticinco (2025), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijadas por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública con ocasión del juicio que por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpusieron los ciudadanos FRANKLIN ANTONIO GONZALEZ RONDON, DANILO JOSE CARRIZO LUJANO y JOSE GREGORIO MORENO FIGUERA, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS MASCAREÑO, C.A (TRANSERVMACA). La misma fue anunciada a las puertas de éste Circuito Judicial Laboral, siendo constituido este Tribunal por la Abg. MARISOL BEATRIZ MENDOZA RINCÓN, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de juicio, el Abg. JUAN MORA BARROSO, en su condición de secretario del Tribunal y el ciudadano alguacil TONY SARDINHA, así mismo se deja constancia que hizo acto de presencia el profesional del derecho NELSON RAMOS MONTILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 62.448, actuando en el carácter de representante judicial de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS MASCAREÑO, C.A (TRANSERVMACA), igualmente, se deja constancia de la incomparecencia de las partes demandantes los ciudadanos FRANKLIN ANTONIO GONZALEZ RONDON, DANILO JOSE CARRIZO LUJANO y JOSE GREGORIO MORENO FIGUERA, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, asumiendo las consecuencias jurídicas establecidas en el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece que si no compareciere la parte demandante se entenderá que desiste de la acción. Con respecto al desistimiento al que hace referencia el Artículo 151 iusdem, el Dr. Arístides Rengel Romberg, en su manual de derecho procesal civil venezolano, define el desistimiento de la acción como “...la declaración unilateral de voluntad del actor por la cual éste renuncia o abandona la pretensión que ha hecho valer en la demanda, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…”. Establecido lo anterior, este Tribunal procede a dictar en forma oral la presente decisión. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN en la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpusieron los ciudadanos FRANKLIN ANTONIO GONZALEZ RONDON, DANILO JOSE CARRIZO LUJANO y JOSE GREGORIO MORENO FIGUERA, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS MASCAREÑO, C.A (TRANSERVMACA).
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se exime a los demandantes de pagar las costas y costos del presente juicio.
Esta decisión ha sido filmada de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y será resguardado en el Departamento del Área Audiovisual. Se ordena la publicación de la presente acta, su registro y déjese copia certificada de la misma. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.

Abg. MARISOL BEATRIZ MENDOZA RINCÓN
JUEZA 1° DE JUICIO DEL TRABAJO



APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA

TECNICO AUDIOVISUAL
Abg. JUAN MORA BARROSO
SECRETARIO JUDICIAL
Numero de sentencia: PJ002025000010
Numero de asiento diario:
MBMR/nm.-