REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Sede Maracaibo.
Maracaibo, 25 de Noviembre de 2024
214º y 165º

ASUNTO PRINCIPAL: VP02-S-2017-002877
ASUNTO: VP02-S-2017-002877


DECISIÓN: 1773-2024
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

TRIBUNAL REQUIRENTE
EL JUEZ PROVISORIO: ABG. ESP. CARLOS ANDRES ALBORNOZ CHACIN
LA SECRETARIA: ABG. EVA MEDINA ROJO
MINISTERIO PUBLICO: FISCAL AUXILIAR TRIGÉSIMA QUINTA (35°) DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. CHARLOTTE RAMIREZ
TRIBUNAL ENLANCE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

LA JUEZA PROVISORIA: ABG. URGLORIS OLIVEROS
LA SECRETARIA: ABG. DANIELA ROJAS
APREHENDIDO: JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373
DEFENSA PÚBLICA: RAQUEL LACRUZ, en su carácter de Defensora Pública con competencia en Delitos de Violencia contra la mujer adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Nueva Esparta

DE LA AUDIENCIA

En horas de despacho del día de hoy, veinticinco (25) de Noviembre de 2024, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), previo lapso de espera, oportunidad previamente fijada por éste Tribunal, para celebrar la Audiencia de Presentación por orden de aprehensión, del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373, por la presunta comisión de unos de los delitos previstos y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; el cual se encuentra requerido por este Juzgado mediante oficio n° 644-17 de fecha 09/06/2017. Acto seguido, se constituyó el Tribunal, integrado por el Juez Provisorio, ABG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN, la Secretaria, ABG. EVA MEDINA ROJO y el Alguacil de Guardia. En este estado, la Secretaria, deja constancia que se encuentra presente la ABG. CHARLOTTE RAMIREZ, en su carácter de Fiscal Trigésima Quinta (35) Auxiliar del Ministerio Público, asimismo, en enlace con el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el cual se encuentra constituido con la presencia de la Jueza Provisoria URGLORIS OLIVEROS, la Secretaria DANIELA ROJAS, y el Alguacil JUAN SALAZAR, así como el aprehendido JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373; asistido por la profesional del derecho RAQUEL LACRUZ, en su carácter de Defensora Pública con competencia en Delitos de Violencia contra la mujer adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Nueva Esparta.

En ese sentido, este Tribunal deja constancia que se recibe procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, actuaciones provenientes del Destacamento de Comando Rurales N° 71-1 del Comando de Zona N° 71 Nueva Esparta, correspondiente a procedimiento de presentación por orden de aprehensión del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373, por la presunta comisión de unos de los delitos previstos y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; el cual se encuentra requerido por este Juzgado mediante oficio n° 644-17 de fecha 09/06/2017, constante de diez (10) folios útiles.

DEL MINISTERIO PÚBLICO

En este estado, estando presente la Fiscal Charlotte Ramírez, en su carácter de Fiscal Auxiliar (Encargada) de la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, expuso lo siguiente: “solicitó de inmediato, la subsanación del error involuntario cometido, y solicitó en tal sentido, la libertad plena del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373; asimismo, subsana el error involuntario de la solicitud de orden de aprehensión presentada en fecha 20/04/2017, en lo atinente a la cédula de identidad del ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, siendo la correcta cédula de identidad la siguiente: V-“21.372.353”.

DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL APREHENDIDO

En este estado, el Tribunal En este estado, el Tribunal impone al acusado de las Garantías Constitucionales previstas en el Artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículo 132 Y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, y le pregunta si quiere declarar: quien siendo la 03:00 P.M. expone lo siguiente: “Yo no soy la persona del caso, yo nunca he estado en Maracaibo, a la fecha del caso yo era un adolescente de 17 años de edad”.

DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL APREHENDIDO

En este estado tomó la palabra la Defensora Pública, quien manifestó: “Solicito la liberta plena y sin restricciones de mi defendido en virtud del error observado en cuanto al número de cédula”.



MOTIVOS PARA DECIDIR

En este estado tomó la palabra el Juez Provisorio y precisó lo siguiente, consta que luego de revisado el inventario de causas y el archivo del Tribunal no fue localizado el expediente judicial, por lo cual se procedió a realizar la revisión de los libros respectivos, evidenciándose que la causa VP02-S-2017-002877; efectivamente correspondía a este Tribunal, por lo cual se le informó vía telefónica al Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta; quien se declaró incompetente, y declinó la competencia, correspondiéndole el conocimiento al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta;

Se evidencia que este Juzgador luego de la revisión exhaustiva del inventario, el archivo del Tribunal, y los libros administrativos, evidenció que el expediente judicial fue enviado en fecha 27/04/2017, mediante oficio 675-17 a la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por lo cual el Juez Provisorio procedió a comunicarse vía Telefónica con la Fiscal Charlotte Ramírez, en su carácter de Fiscal Auxiliar (Encargada) de la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, la cual manifestó que buscaría dicho expediente.

En tal sentido, y dado que terminadas las horas de despacho la representante fiscal, no compareció, este Tribunal libró oficio en contra del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373; manteniendo la privativa de libertad, hasta tanto se pudiera verificar el expediente como quiera que si bien la orden de aprehensión habías sido librada a ese número de cédula el nombre del requerido no coincida con el de la persona aprehendida;

Así las cosas, en fecha 25/11/2024, la Fiscal Charlotte Ramírez, en su carácter de Fiscal Auxiliar (Encargada) de la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, compareció al Tribunal a consignar el expediente a efectos videndi, verificando este Juzgado que la existencia de una disparidad entre el número de cédula de identidad del ciudadano requerido, el cual fue identificado por la víctima como EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.372.353; observándose que tanto la solicitud de orden de aprehensión presentada en fecha 20/04/2017, por la entonces Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, si bien identificada al investigado como EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, establecía como número de cédula el siguiente: V-27.352.373, número de cédula esta que correspondía al ciudadano aprehendido de nombre JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ;

En virtud de ello, el Juez Provisorio se procedió a comunicar con el ciudadano RENZO GRANADILLO, funcionario adscrito a la oficina del Sistema Integrado de Información Policial de la Delegación Municipal Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC); el cual manifestó que la cédula de identidad n° 21.372.353 pertenece al ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, el cual aparecía sin novedad, es decir, que no tenía incluida en el sistema ninguna solicitud de orden de aprehensión y/o reseña policial, mientras que la cédula de identidad V-27.352.373; correspondía al ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ; el cual se encontraba requerido por el Tribunal Cuarto de Control del estado Zulia, mediante oficio n° 644-17 de fecha 09/06/2017, es decir, el oficio mediante el cual se informó a la oficina del Sistema Integrado de Información Policial de la Delegación Municipal Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC), la orden de aprehensión librada por este Tribunal al ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ.

En tal sentido, este Tribunal, visto lo solicitado por la Fiscalía del Ministerio Público, dado lo informado por el encargado del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC), así como la revisión de las actuaciones que conforman el expediente, dado el error en el que incurrió el Ministerio Público al solicitar la orden de aprehensión del ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, con un numero de cédula que no corresponde, este Juzgador, ordena: LA LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES, del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373; DEJAR SIN EFECTO la orden de aprehensión librada al ciudadano identificado como JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, quien porta el número de cédula de identidad V-27.352.373, el cual se encuentra requerido por este Juzgado mediante oficio n° 644-17 de fecha 09/06/2017, dado el error involuntario incurrido, por lo cual se ordena oficiar al cuerpo aprehensor así como Sistema el Integrado de Información Policial (SIIPOL), de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC); ORDENA subsanar la orden de aprehensión dictada contra el ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, mediante sentencia n° 773-17 de fecha 24/04/2017, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NILA CON PENETRACIÓN AGRAVADO Y CONTINUADO, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aunado al artículo 99 del Código Penal y la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, en tal sentido, LÍBRESE el respectivo oficio a la Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC), al Jefe de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, con atención al Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), a fin de que sirva dar cumplimiento a la orden dictada por este Juzgado, TÉNGASE la presente decisión como parte íntegra de la decisión n° 773-17, de fecha 24 de abril de 2017, en virtud de la subsanación del error involuntario incurrido, en cuanto al número de cédula del investigado; ORDENA; la remisión de la pieza de investigación a la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, ordenando el desglose de las actuaciones judiciales, a las cuales se le ordena dar entrada, numerarlo con el n° VP02-S-2017-002877, remítase en tal sentido copia certificada de la presente decisión a la vindicta pública mediante decisión; las cuales se ordena reposen en el archivo de este Circuito Judicial. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: LA LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES, del ciudadano JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-27.352.373; SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTO la orden de aprehensión librada al ciudadano identificado como JOSÉ ERNESTO ZABALA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, quien porta el número de cédula de identidad V-27.352.373, el cual se encuentra requerido por este Juzgado mediante oficio n° 644-17 de fecha 09/06/2017, dado el error involuntario incurrido, por lo cual se ordena oficiar al cuerpo aprehensor así como Sistema el Integrado de Información Policial (SIIPOL), de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC); TERCERO: ORDENA subsanar la orden de aprehensión dictada contra el ciudadano EDGAR ENRIQUE FERNANDEZ CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad V-21.372.353;mediante sentencia n° 773-17 de fecha 24/04/2017, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN AGRAVADO Y CONTINUADO, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aunado al artículo 99 del Código Penal y la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, en tal sentido, LÍBRESE el respectivo oficio a la Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (SIIPOL-CICPC), al Jefe de la delegación Maracaibo del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, con atención al Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), a fin de que sirva dar cumplimiento a la orden dictada por este Juzgado, CUARTO: TÉNGASE la presente decisión como parte íntegra de la decisión n° 773-17, de fecha 24 de abril de 2017, en virtud de la subsanación del error involuntario incurrido, en cuanto al número de cédula del investigado; QUINTO: ORDENA; la remisión de la pieza de investigación a la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, ordenando el desglose de las actuaciones judiciales, a las cuales se le ordena dar entrada, numerarlo con el n° VP02-S-2017-002877, remítase en tal sentido copia certificada de la presente decisión a la vindicta pública mediante decisión; las cuales se ordena reposen en el archivo de este Circuito Judicial.. Así se decide, concluyo el acto siendo las tres y cuarenta (03:40 pm), horas de la tarde, termino se leyó y conformes firman, es todo. Se deja constancia que el aprehendido y su defensa, se encuentran presentes vía telemática en enlace con el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. ESP. CARLOS ANDRES ALBORNOZ CHACIN

LA SECRETARIA,

ABG. EVA MEDINA ROJO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se libraron los oficios respectivos y se remitió la pieza de investigación fiscal
LA SECRETARIA,

ABG. EVA MEDINA ROJO