REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 03 de julio de 2024.
214° y 165°
Se recibió de la Oficina de la URDD, con distribución N° TMM-1148-2024, contentivo de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, dándosele entrada y numeración en fecha 02 de julio de 2024. Y en aplicación a la Resolución No. 2009-0008, de fecha 18/03/2009, emanada Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, que atribuye a los Juzgados de Municipio, el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niños adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro se semejante naturaleza; este Tribunal la admite por no ser contraía al orden público, a las buenas costumbre o alguna disposición expresa de la Ley. Comparece los abogados en ejercicio VALERIA SIERRA GONZALEZ y ANDRES MONNOT ISAMBERTH, venezolanos, mayores de edad, titular de las cedulas de identidad numero V-18.409.636 y 19.460.323 inscrito en el Inpreabogado bajo el No.149.785 y 175.734; en representacion de la ciudadana SARA KARINA AZOCAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.662.063; según poder debidamente otorgado en fecha 18 de junio de 2024 por ante la Notaria Publica Tercera de Maracaibo Estado Zulia, bajo el No.54, Tomo 21, Folios 165 hasta 167, quien solicita que se declaren suficientes los derechos que tiene ella y los ciudadanos ROLANDO JOSE AZOCAR SALAZAR, EUCLIDES JOSE AZOCAR SALAZAR, BERNARDO JOSE AZOCAR SALAZAR, YAVE JESUS AZOCAR LINARES, EMPERATRIZ DEL VALLE AZOCAR SALAZAR, BERNANRDO JOSE AZOCAR DAVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-13.501.011, V-18.559.234, V-12.206.857, V- 26.578.812, V-18.559.233 y V- 18.560.448 respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del causante ciudadano BERNARDO JOSE AZOCAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.914.214, y falleciera el día nueve (09) de mayo de 2024, en el Municipio Padilla Parroquia Isla de Toa del Estado Zulia. Observa el Tribunal que el solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano BERNARDO JOSE AZOCAR, signada con el No.13, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Municipio Almirante Padilla de fecha 25 de junio de 2024 ; 2) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la Ciudadana SARA KARINA AZOCAR SALAZAR, siganda bajo el No.77, Expedida po la Registradora civil del Municipio Barinas del Estado Barinas de fecha 25 de Enero de 2018 , 3) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano ROLANDO JOSE AZOCAR SALAZAR, signada con el No.3011 , expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas de fecha 10 de junio de 2024; 4) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano EUCLIDES JOSE AZOCAR SALAZAR, signada con el No. 974, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia el Carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas , de fecha 11 de junio de 2024; 5) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano BERNARDO JOSE AZOCAR, signada con el No. 1293, expedida por la Unidad de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas , de fecha 10 de junio de 2024; 6) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano YAVE JESUS AZOCAR LINARES signada con el No. 2166, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Corazon de Jesus del Municipio Barinas del Estado Barinas , de fecha 12 de junio de 2024, 7) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana EMPERATRIZ DEL VALLE AZOCAR SALAZAR signada con el No. 1084, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Del Carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas , de fecha 11 de junio de 2024, 8) Copia certificada del Acta de Nacimiento deL ciudadano BERNARDO JOSE AZOCAR DAVILA signada con el No. 78, expedida por la Unidad de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas , de fecha 10 de junio de 2024, 9) Copia fotostática simple de la cédula de identidad de los ciudadanos SARA KARINA AZOCAR SALAZAR, ROLANDO JOSE AZOCAR SALAZAR, EUCLIDES JOSE AZOCAR SALAZAR ; BERNARDO JOSE AZOCAR SALAZAR, YAVE JESUS AZOCAR LINARES EMPERATRIZ DEL VALLE AZOCAR SALAZAR, BERNARDO JOSE AZOCAR DAVILA, 10) Justificativo de testigo evacuado por ante la Notaria Publica Tercera de Maracaibo del estado Zulia, de fecha 18 de junio de 2024. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos SARA KARINA AZOCAR SALAZAR, ROLANDO JOSE AZOCAR SALAZAR, EUCLIDES JOSE AZOCAR SALAZAR, BERNARDO JOSE AZOCAR SALAZAR, YAVE JESUS AZOCAR LINARES, EMPERATRIZ DEL VALLE AZOCAR SALAZAR, BERNARDO JOSE AZOCAR DAVILA, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante BERNARDO JOSE AZOCAR. Igualmente se ordena devolver los originales solicitados previa certificación en actas. Así se decide.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
LA JUEZ SUPLENTE
ABG. JOSE BECEIRA VILLEGAS.
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABG. YEIMY HINESTROZA
En la misma fecha, siendo las dos (02:00) de la trade en horas de despacho se publicó el presente fallo bajo el No 074-2024, se expidió la copia certificada ordenada, se devolvió los originales solicitados previa certificación en actas y se archivó en el copiador de sentencia. LA SECRETARIA SUPLENTE.
SOL. JUZ-4to-MCPIO- N° 3896.
JB/yh
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