REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco (05) de febrero del año 2024
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-003459
SOLICITANTES: Ciudadanos JOSE MAXIMILIANO RODRIGUEZ TINOCO y NERYS JOSEFINA DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. 13.652.791 y 13.033.037, respectivamente.-
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: Abg., ANAIS TORREALBA inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 92.133.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-

SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos JOSE MAXIMILIANO RODRIGUEZ TINOCO y NERYS JOSEFINA DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. 13.652.791 y 13.033.037, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio ANAIS TORREALBA inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 92.133, donde manifiestan se les decrete a su favor TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, de unas mejoras sobre bienhechurías que construyeron a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO que mide aproximadamente TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CON CUARENTA y OCHO CENTIMETROS (358,48 MT2), ubicadas en la siguiente dirección: Calle 5 entre carreras 9 y 10 N° 26 Barrio Santa Isabel Sector Los Olivos, Parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto Municipio Iribarren del estado Lara, dichas mejoras consisten en: Planta Alta: Ampliación del segundo piso, construcción de una (01) habitación y lavadero, escaleras internas de aluminio y vidrio templado. Dicha construcción está realizada en paredes de bloques, pisos de cerámica, techo de platabanda. Área Exterior: Área techada y enrejada, cuenta con baño y lavadero, edificadas con paredes de bloques, techo de acerolit y zinc y los pisos de cemento rustico. Comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En treinta y dos metros con cincuenta y nueve centímetros (32.59 Mts), con terrenos ocupados por Julia del Carmen Crespo Heredia, SUR: En treinta y dos metros con cincuenta y nueve centímetros (32.59 Mts) con terrenos ocupados por Yolisbeth Josefina Villegas Rojo. ESTE: En once metros (11 Mts) con la calle 5, que es su frente y al OESTE: Once Metros (11 Mts) con terrenos ocupados por Gladis Torres de Leal. Siendo el costo de las referidas mejoras la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00).-

Para decidir este Tribunal observa:

UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: Ciudadanos CARLOS JOSE DURAN NOGUERA y JOSE GABRIEL COLMENARES TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.14.093.860 y 30.553.733, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos JOSE MAXIMILIANO RODRIGUEZ TINOCO y NERYS JOSEFINA DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. 13.652.791 y 13.033.037, respectivamente, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.

Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://www.lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de febrero del año 2024. Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez,





Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.