REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 07 de agosto de 2024.
214° y 165°

Se recibió de la Oficina de la URDD, con distribución N° TMM-1308-2024, contentivo de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, dándosele entrada y numeración en fecha 02 de agosto de 2024. Y en aplicación a la Resolución No. 2009-0008, de fecha 18/03/2009, emanada Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, que atribuye a los Juzgados de Municipio, el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niños adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro se semejante naturaleza; este Tribunal la admite por no ser contraía al orden público, a las buenas costumbre o alguna disposición expresa de la Ley. Comparece el Ciudadano LUIS ALONSO LISBOA URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.938.442, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio PAOLA GONZALEZ DE SANCHEZ , venezolana, mayor , inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 309.507, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia; quien solicita que se declaren suficientes los derechos que tiene los ciudadanos AURA MARINA MAZZEI MENDEZ, AURA MARINEL URDANETA MAZZEI, NELSON DE JESUS URDANETA MAZZEI, ANEL PATRICIA URDANETA MAZZEI, DANIEL DE JESUS URDANETA MAZZEI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-3.926.910, V-13.296.212, V-13.004.752, V-13.296.442, y V-14.895.400 respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del causante ciudadano NELSON CHIQUINQUIRA URDANETA ANDRADES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.776.436, y falleciera el día nueve (09) de diciembre de 2020, en el Municipio San Francisco Del Estado Zulia. Observa el Tribunal que el solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia Simple de Poder General de Administración y Disposición por la Notaria Publica Octava de Maracaibo estado Zulia, de fecha 25 de marzo de 2022 ; 2) Copia del Certificado de Solvencia de Sucesiones y Donaciones expedida el SENIAT Región Zulia de fecha 15 de diciembre de 2023. 3) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano NELSON CHIQUINQUIRA URDANETA ANDRADES, signada con el No.115, de fecha 18 de marzo de 2021, expedida por la Unidad de Registro Civil del Municipio San Francisco; 4) copia certificada del acta de matrimonio, signada con el No.477, expedida el 18 de marzo de 2021 por el Registro Civil San Francisco 5) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la Ciudadana AURA MARINEL URDANETA MAZZEI, signada bajo el No.768, Expedida por el Registro Principal del Estado Zulia de fecha 27 de abril de 2021 , 6) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano NELSON DE JESUS URDANETA MAZZEI, signada con el No.810 , expedida por la Oficina de Registro Civil Cacique Mara de fecha 16 de marzo de 2021; 7) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano DANIEL DE JESUS URDANETA MAZZEI, signada con el No. 19, expedida por la Unidad de Registro Civil Cacique Mara, de fecha 16 de marzo de 2021; 8) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano ANEL PATRICIA URDANETA MAZZEI, signada con el No. 339, expedida por el Prefecto del Municipio Cacique Mara , de fecha 04 de junio de 1.982. 9) Copias simples de las cedulas de identidad. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos AURA MARINA MAZZEI, AURA MARINEL URDANETA MAZZEI, NELSON DE JESUS URDANETA MAZZEI, DANIEL DE JESUS URDANETA MAZZEI y ANEL PATRICIA URDANETA MAZZEI , antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante NELSON DE LA CHIQUINQUIRA URDANETA ANDRADES. Igualmente se ordena devolver los originales solicitados previa certificación en actas. Así se decide.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
LA JUEZ SUPLENTE


ABG. JOSE BECEIRA VILLEGAS.
LA SECRETARIA SUPLENTE


ABG. YEIMY HINESTROZA

En la misma fecha, siendo las dos (02:00) de la tarde en horas de despacho se publicó el presente fallo bajo el No.096-2024, se expidió la copia certificada ordenada, se devolvió los originales solicitados previa certificación en actas y se archivó en el copiador de sentencia. LA SECRETARIA SUPLENTE.



SOL. JUZ-4to-MCPIO- N° 3914.