Sent.35-2024
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
“Vistos”.- Los antecedentes.
Demandante: DORCAS ANEZ NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.143.139, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°. 3.806 y de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS BERNARDONI PEREZ, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 7.5.153 y de igual domicilio.-
Demandados: MARTA GICELA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.E-18.318.314 y de este domicilio.
MOTIVO: DESALOJO
En fecha 07 de Agosto de 2017, se le dio entrada a la demanda, se admite y se ordenó la intimación de la demandada.
Ahora bien, establece el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención…”
Examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que el proceso está paralizado desde el día 07 de Agosto de 2.017; discurriendo el tiempo desde entonces sin ningún acto de procedimiento que movilice la relación jurídica procesal con el fin de alcanzar el acto jurisdiccional por excelencia, que es la sentencia definitiva como medio normal de terminación del proceso.
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente juicio.
Publíquese. Regístrese. Archívese copia certificada de esta decisión, conforme a lo previsto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los veintinueve (29) días del mes de Abril de Dos Mil veinticuatro (2024). Años: 213º de la Independencia y 165º de la Federación.-.
La Jueza Provisoria,
Abog: MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.-
La Secretaria,
Abog. Karina Dolores Heredia.-
En la misma fecha, siendo las Nueve (11:00 a.m.) de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
Abog. Karina Dolores Heredia.
Exp.3044-2017
MIGV/ECH/jp
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