REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sede Maracaibo.
Maracaibo, 10 de Octubre del 2023
212° y 163°
ASUNTO PRINCIPAL: 4CV-2023-839
ASUNTO: 4CV-2023-839
DECISION Nº 1706-2023
Vista la solicitud presentada por la abogada DANYSE CEPEDA VASQUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Trigesima Quinca (Encargada) del Ministerio Público, con competencia en Penal Ordinario, Victimas, Niños, Niñas y Adolescente, por ante el departamento de alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha (06) de Octubre del 2023 y recibida por este Tribunal en fecha (10) de Octubre de 2023, mediante el cual solicita a éste Juzgado Cuarto en Funciones de de Control, Audiencias y Medidas de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Especial de Violencia, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. MP-191564-2023 y ante este Tribunal bajo el número 4CV-2023-839 seguida en contra de los ciudadanos: JHON RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V-28.123.411, por la presunta comisión de uno de los delito de VIOLENCIA SEXUAL, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 57 LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, SUMINISTRO DE SUSTANCIA NOCIVAS, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 263 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, EN RELACION A LA AGRAVANTE GENERICA CONTENIDA EN EL ARTICULO 217, EJUSDEM, en perjuicio de la Aolescente: MICHEL CAROLINA MONTIEL FERNANDEZ DE 15 AÑOS DE EDAD, en virtud de que la Representación Fiscal manifiesta que los hechos en los cuales se encuentra incurso los mencionados ciudadanos; amerita la práctica de una serie de experticias y entrevistas, entre otras diligencias de investigación el resultado del examen ginecológico, ano rectal practicado a la victima de actas que servirán para determinar con certeza la verificación del hecho punible. En consecuencia, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de éste Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prórroga que se encuentra establecida en el artículo 98 de la referida Ley Orgánica, solicitada por la abogada DANYSE CEPEDA VASQUEZ, en su carácter de Fiscal Provisoria de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, con competencia en Materia de Defensa, para la Mujer del Estado Zulia, en tal sentido, acuerda otorgar la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de artículo 98 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN
EL SECRETARIO.
ABG. ROBERTO ANTONIO SANGRONIS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se libró boleta de notificación a la Fiscalía 2° del Ministerio Público, y a la Defensa a los fines de informarle la prórroga concedida.
EL SECRETARIO.
ABG. ROBERTO ANTONIO SANGRONIS
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