República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas

Maturín, 08 de noviembre de 2023

213° y 164°

Vista el escrito de fecha 02 de noviembre de 2023, suscrita y presentado por la ABG. LESBIA J.GOMEZ O., inscrita en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el N°193.635 en su condición de apoderada judicial de la ciudadana RHIA INMACULADA CHAVEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.684.474, y de este domicilio, tal y como consta de instrumento poder otorgado por ante la Notaría Pública de Maturín estado Monagas, en fecha 14 de Marzo del año 2023, quedando anotado bajo el Nro. 11, Tomo 9, Folios 34 al 36 de los libros de autenticaciones llevados por ese despacho y abogada asistente del ciudadano JOSE MIGUEL FUENTES MACHIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.038.953, dando cumplimiento al despacho saneador dictado en fecha 26-10-2023, mediante el cual subsana lo señalado por este Tribunal con respecto al monto del pasivo que conforma el caudal hereditario, es por lo que este Juzgado, ADMITE, la solicitud de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUINIDAD HEREDITARIA, recibida por distribución en fecha 26-10-2.023, presentada por los ciudadanos identificados up supra y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12 y 788 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su APROBACIÓN Y HOMOLOGACIÓN a la anterior solicitud en los términos y condiciones convenidas por las partes en el libelo de demanda. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes.-
LA JUEZA SUPLENTE,

ABG. CINDY ZAMBRANO RODRIGUEZ
LA SECRETARIA

ABG. TATIANA CASTILLO
Expediente Nº 13.133
Abg. CZR/fc