DISPOSITIVO

Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el juicio de COBRO DE PENSION DE SOBREVIVIENTE ha incoado el ciudadano JOSE ALBERTO CARDOZO URRIBARI en contra de la Empresa “PDVSA PETROLEO S.A”, declara:

PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de COBRO DE PENSION DE SOBREVIVIENTE que ha incoado el ciudadano JOSE ALBERTO CARDOZO URRIBARRI en contra de la Empresa “PDVSA PETROLEO S.A”, antes identificados.

SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.


Publíquese, regístrese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.zulia.scc.org.ve. Déjese copia por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a los veintinueve (29) días del mes de Marzo de dos mil veintitrés (2023). Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA,

ZULAY BARROSO OLLARVES.
LA SECRETARIA,

NORBELY FARIA SUAREZ.

En la misma fecha, siendo las una y cincuenta de la tarde (01:50pm.), se dictó y publicó la anterior sentencia en el expediente 38.906 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, quedando anotada bajo el número 059-2023
LA SECRETARIA,

NORBELY FARIA SUAREZ.



Expediente número: 38906
Sentencia número: 059-2023.