REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 20 de Junio de 2023
213° y 164°

ASUNTO PRINCIPAL: 4CV-2023-469
ASUNTO : 4CV-2023-469

DECISION Nº 839-2023
Vista la solicitud presentada por la profesional del derecho KAROLY DAYANA QUINTERO MEJIAS en su condición de Fiscal Auxiliar Interina Trigésima Tercera (33°) Encargada de la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, con competencia penal ordinario víctimas Niños, Niñas y Adolescentes, por ante el departamento de alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 17-06-2023 y recibida por este Tribunal en fecha 19-06-2023, mediante el cual solicita a éste Juzgado Cuarto en Funciones de de Control, Audiencias y Medidas de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Especial de Violencia, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. MP-108.361-2023 y ante este Tribunal bajo el número 4CV-2023-469 seguida en contra del ciudadano ALFREDO ANTONIO ANDRADE FERNÁNDEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°-11.874.926, DE 50 AÑOS DE EDAD, FECHA DE NACIMIENTO: 09-03-1973, GRADO DE INSTRUCCIÓN: BACHILLER, PROFESIÓN U OFICIO: SEGUNDO COMANDANTE DE APDI, NOMBRE DE SU PADRE: ALFREDO ANTONIO ANDRADE, NOMBRE DE SU MADRE: BETTY FERNANDEZ, TELÉFONO: 0412-652-74-96 (PERSONAL) Y 0414-6666729 (ESPOSA: NEIDELYNTH MORALES), DOMICILIO PROCESAL: BARRIO EL BUEN VIVIR TRES, CALLE 159B, CASA D-42, PARROQUIA MARCIAL HERNANDEZ, PUNTO DE REFERENCIA: ENTRANDO POR CORPOELEC SUR, DEL K8, CERCA DE LA BOUTIQUE NO RECUERDA NOMBRE A UNA CUADRA Y MEDIA APROXIMADAMENTE, CASA COLOR FUSCIA CLARO, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN AGRAVADA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍUCLO 260 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, en perjuicio de la adolescente INES SARAY MORALES RINCÓN DE (13) AÑOS DE EDAD, en virtud de que la Representación Fiscal manifiesta que los hechos en los cuales se encuentra incurso el mencionado ciudadano; amerita la práctica de una serie de experticias y entrevistas, entre otras diligencias de investigación el resultado del examen ginecológico, ano rectal practicado a la victima de actas que servirán para determinar con certeza la verificación del hecho punible. En consecuencia, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de éste Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prórroga que se encuentra establecida en el artículo 82 de la referida Ley Orgánica, solicitada por la por la profesional del derecho KAROLY DAYANA QUINTERO MEJIAS en su condición de Fiscal Auxiliar Interina Trigésima Tercera (33°) Encargada de la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, con competencia penal ordinario víctimas Niños, Niñas y Adolescentes, en tal sentido, acuerda otorgar la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de artículo 82 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN

EL SECRETARIO.

ABG. JESÚS ORLANDO HERNÁNDEZ CORDERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se libró boleta de notificación a la Fiscalía Trigésima Quinta (35°) del Ministerio Público, y a la Defensa a los fines de informarle la prórroga concedida.
EL SECRETARIO.
ABG. JESÚS ORLANDO HERNÁNDEZ CORDERO