Sentencia N° 45-2023
Expediente N° 2838
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Cabimas, cinco (5) de Junio del año dos mil veintitrés (2023).
-213º y 164º-

SOLICITANTE: ENDRICK JOSÉ CUMARE GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, no posee cédula de identidad, domiciliado en el Municipio Santa Rita, estado Zulia.
ABOGADO ASISTENTE: DAVID JOSÉ CARRIZO SANTANA, titular de la cédula de identidad número V-11.885.816 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 163.690.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

PARTE NARRATIVA:

En fecha treinta (30) de Mayo del año dos mil veintitrés (2023), compareció el ciudadano ENDRICK JOSÉ CUMARE GONZÁLEZ, debidamente asistido por el Profesional del Derecho DAVID JOSÉ CARRIZO SANTANA, identificado anteriormente; por ante la OFICINA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, EDIFICIO BUENA VISTA, CABIMAS, ESTADO ZULIA, e interpuso solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO; correspondiéndole por distribución el conocimiento de dicha causa a éste Órgano Jurisdiccional, la cual fue signada bajo el N° TMF-187-2023.
En fecha dos (2) de Junio del año dos mil veintitrés (2023), mediante auto dictado por éste Tribunal, se le dio entrada, se formó expediente y número, en auto por separado se resolverá lo conducente
A fin de resolver la admisibilidad o no de la presente solicitud, ésta Juzgadora pasa a hacer las siguientes consideraciones:
De la revisión de los documentos adjuntos, se evidencia que ingresó al Tribunal por su debida distribución en fecha (30) de Mayo del año dos mil veintitrés (2023), y para la fecha cinco (5) de Junio del presente año, no ha comparecido el solicitante, con su Abogado Asistente a fin de consignar y suscribir la misma y dar por veraz lo expuesto en ella, lo que impide o detiene la sustanciación de la solicitud en cuestión. Así se establece.-

DISPOSITIVO:

Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCION, de la Solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, seguida por el ciudadano ENDRICK JOSÉ CUMARE GONZÁLEZ, no posee cédula de identidad, por la pérdida de interés procesal de la parte interesada.
SEGUNDO: No hay condenatorias en costas en virtud de la naturaleza del fallo.

Publíquese, Regístrese incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Cabimas, a los cinco (5) días del mes de Junio del año dos mil veintitrés (2023). Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abog. MARLYN CAROLINA GODOY DELGADO.
EL SECRETARIO,

Abog. ALBERTO JOSÉ ALVAREZ MARIN.

En la misma fecha, se dio cumplimiento a la anterior decisión siendo las 11:45 a.m.
EL SECRETARIO,

Abog. ALBERTO JOSÉ ALVAREZ MARIN.

Exp. 2838 Sent. 45-2023
MCGD/ajam.-