REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia
Maracaibo, 17 de Julio de 2023
213º y 164°
ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2016-001055
ASUNTO : VP02-S-2016-001055
DECISIÓN Nº: 1257-2023
Revisada la petición realizada por ante este Tribunal por la Abogada GISELA PARRA FUENMAYOR ARRIETA, en su carácter de Fiscal Tercero (3°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el acto de audiencia preliminar de esta misma fecha, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y ordinal 10º del artículo 111 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual solicita que se ACUERDE LA APREHENSIÓN al ciudadano: ALEXANDER ENRIQUE COHEN NEGRIN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº. V-12.161.050, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO PROCESAL EN: BARRIO SAN PEDRO, AV. 54, CON CALLE 104, CASA NRO. 104-05, PARROQUIA MANUEL DAGNINO, MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, TELEFONO: 0261-7365041 a quien se le instruye causa por la presunta comisión del delito de: ACOSO U HOSTIGAMIENTO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la ciudadana: ANNIE CRISET RAMIREZ DIRINOTT. La señalada solicitud de la representación del Ministerio Público se fundamenta en la incomparecencia del imputado a la Audiencia Oral de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, a lo cual expone: “Ciudadano Juez, de la revisión realizada se observa que el imputado de actas han incomparecido en múltiples oportunidades a los actos fijados por el Tribunal, aunado a que el mismo no ha cumplido con presentarse por ante este Tribunal, es por lo que esta representación fiscal, solicita se libre la correspondiente orden de aprehensión, de conformidad a lo estipulado en el artículo 236, 237, 238 Y 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 2º, 26, 44 ordinal 1 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es todo”. En virtud de la exposición fiscal, en relación a la Orden de Aprehensión del imputado de autos, éste Juzgador estima que concurren los presupuestos a los que se refiere el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, como los son: PRIMERO: Existen hechos punibles que merecen pena privativa de libertad y cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, como lo es el precepto jurídico denominado ACOSO U HOSTIGAMIENTO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA. SEGUNDO: La presunción razonable de obstaculización, en atención a las múltiples incomparecencias por parte del imputado de autos a los diferentes actos de Audiencia Preliminar fijado por este Tribunal, observándose las resultas de las notificaciones realizadas, motivo por el cual este Tribunal DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia acuerda librar la presente ORDEN DE APREHENSIÓN, así se declara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Abogada GISELA PARRA FUENMAYOR, en su carácter de Fiscal Tercera (3°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, SEGUNDO: ORDENA LA APREHENSION del ciudadano ALEXANDER ENRIQUE COHEN NEGRIN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº. V-12.161.050, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO PROCESAL EN: BARRIO SAN PEDRO, AV. 54, CON CALLE 104, CASA NRO. 104-05, PARROQUIA MANUEL DAGNINO, MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, TELEFONO: 0261-7365041 a quien se le instruye causa por la presunta comisión del delito de: ACOSO U HOSTIGAMIENTO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la ciudadana: ANNIE CRISET RAMIREZ DIRINOTT; conforme lo estatuido en el artículo 44, ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en concordancia con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal. TERCERO: una vez aprehendido el ciudadano: ALEXANDER ENRIQUE COHEN NEGRIN, el mismo deberá ser conducida en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas a contar desde su aprehensión ante el Juez o Jueza de Control, quien en presencia de las partes y la victima si estuviere, decidirá si mantiene la privación de la libertad o la sustituye por una medida menos gravosa. CUARTO: Se ordena oficiar al Director del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Departamento (SIIPOL), remitiéndole la respectiva orden de Aprehensión. Líbrense la respectiva Orden de Aprehensión y remítase con oficio. Notifíquese. Regístrese y publíquese la presente decisión. Regístrese y Publíquese.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN,
LA SECRETARIA,
ABG. JUSTTY MICHEL VIERA LÓPEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. JUSTTY MICHEL VIERA LÓPEZ
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