REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 13 de Febrero del 2023.-
Años: 212º y 163º
Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano JESUS ANDRES DURAN ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.044.694, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.060, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita fije fecha para realizar el desalojo de la presente causa, este Tribunal luego de una revisión de las actas que cursan en el presente expediente le informa lo siguiente:
En fecha 07 de Marzo del año 2012, se dicto sentencia definitiva en la presente causa y se declaro Sin Lugar la presente Acción por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra - Venta intentado por la ciudadana Betzaida Coromoto Zerpa Islandia, y ratificada por el Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en fecha 02 de Octubre del 2012.
Consecutivamente en fecha 18 de Julio del 2013, a solicitud de la parte demandante se declaro definitivamente firme la sentencia dictada por este Tribunal y por consecuente terminado el presente juicio, no habiendo otra ejecución que hacer por esa razón, siendo así esta Juzgadora le informa a la parte que dicha solicitud es improcedente por tal motivo se niega lo solicitado. Y Así se Decide.
MARY VIVENES VIVENES
JUEZA
MILAGRO MARÍN VALDIVIEZO
SECRETARIA
Exp. N° 31.755 JUZ-1-PRI-PRI-INS-C-M-T/Y.S
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