REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO. JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAL DEL ESTADO ZULIA.

En fecha en fecha 29 de agosto de 2023, se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), distribución N° TMM-265-2023, por declinatoria de competencia emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, con sus recaudos, en forma manual, instaurado por la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.458.148, domiciliada en la República de Colombia, representada por el profesional del derecho JOSE JESUS RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.705.526, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.286.259, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta de poder especial apostillado en fecha 26 de julio de 2023, bajo el No.A2XHZA1550209151, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia. Quien solicita al Tribunal se pronuncie sobre la rectificación del acta de nacimiento No. 1.192, del año 1997, emitida por la Oficina de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Manuel Dagnino Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de julio de 2023, perteneciente a la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.458.148. Quien alega que “(..) Mi representada supra mencionada fue presentada por Su señor padre ante esta Oficina de Registro Civil de la parroquia Manuel Dagnino del municipio Maracaibo del estado Zulia ciudadano MARCOS VINICIO MACHADO CASTRO, venezolano, mayor de edad, de estado civil Soltero, venezolano, titular de la cédula de identidad No.V- 7.975.900, (…), tal como se evidencia en el Actas de Nacimientos Acta Nº1.192, Año 1997, (…Omisis..) siendo el caso que hoy presento, que al momento de ser elaborada la Partida de Nacimiento, (…) aparece que mi representada fue nacida en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por lo que se evidencia un error material de inexactitud, cometido del Acta de Nacimiento, supra descrita, cuando lo cierto es que fue nacida en la República de Colombia, Departamento de Cundinamarca, Municipio Santa fe de Bogotá D. C. (CUND), según registro de nacimiento la cual consta inscrita por ante la República de Colombia Departamento de Cundinamarca, Municipio Santa fe de Bogotá D. C. (CUND), Acta No. 20361814 del año 1994, debidamente apostillados por ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, en fecha 26 de julio de 2023, bajo el Nº A2XHO1544222051(..)”

En fecha 04 de octubre de 2023, el Tribunal dictó auto admitiendo la presente solicitud, se ordenó emplazar al ciudadano Marcos Vinicio Machado Castro, para el décimo (10) día de despacho siguiente a la constancia en actas de su citación, previa publicación de un edicto, emplazando a cuantas personas pudieren verse afectados en sus derechos. Asimismo, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
. En fecha 11 de octubre de 2023, la Alguacil Suplente del Tribunal, estampó diligencia consignando la boleta de notificación, firmada por la Fiscal Vigésima Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del estado Zulia. En la misma fecha el Tribunal dictó auto ordenando agregarla a las actas.
En fecha 26 de octubre de 2023, el apoderado actor presentó escrito consignando la constancia de la publicación del edicto de citación, y copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana Claudia Patricia Tovar, venezolana y colombiana. .
En fecha 26 de octubre de 2023, el Tribunal dictó auto ordenando agregar a las actas el escrito consignado y los recaudos anexos.
En fecha 27 de octubre de 2023, la Alguacil suplente del Tribunal, estampó diligencia consignando la boleta de notificación firmada por la Fiscal Trigésima del Ministerio Público.
El tribunal para decidir observa:
La parte demandante acompañó junto a su solicitud de rectificación de acta de nacimiento los siguientes documentos:
Poder especial amplio y suficiente otorgado por la ciudadana Ligia Mildred Pérez Tovar, emitido por la Notaria 68 del Circuito Notarial de Bogotá, en fecha 25 de julio de 2023, apostillado en fecha 26 de julio de 2023,
Copia certificada del acta de nacimiento No.1.192, del año 1997, emitida por la Oficina de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Manuel Dagnino Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de julio de 2023, perteneciente a la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR.
Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana LIGIA MILDRED PEREZ TOVAR, No. 20361814, de fecha 28 de noviembre de 1994, emitida por el Hospital Materno Infantil, de la República de Colombia, Departamento de Cundinamarca, Municipio Santa fe de Bogotá D. C., legalizada por ante la Notaria 24 Encargada del Circuito de Bogotá D.C., en fecha 15 de junio de 2023, apostillada en fecha 14 de julio de 2023, bajo el No. A2XHO1544222051.
Copia fotostática simple de la cédula de identidad venezolana y colombiana, de la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR.
Copia fotostática simple de la cédula de identidad del ciudadano MARCOS VINICIO MACHADO CASTRO.
Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana Claudia Patricia Tovar.
Durante el lapso probatorio la parte actora no promovió prueba alguna.
El Tribunal entra a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar el lugar de nacimiento de la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR.
En relación al Acta de Nacimiento de la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR, No.1997, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Manuel Dagnino Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de julio de 2023, se observa lo siguiente: “ .. en el Hospital Universitario en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirà de este Municipio..”
En cuanto a la copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana LIGIA MILDRED PEREZ TOVAR, No.406871, de fecha 28 de noviembre de 1994, emitida por el Hospital Materno Infantil, de la República de Colombia, Departamento de Cundinamarca, Municipio Santafe de Bogotá D. C. (CUND), apostillada bajo el No. A2XHO1544222051, se denota: “…LUGAR DE NACIMIENTO: País COLOMBIA.. ”.
En consecuencia, se declara procedente la corrección solicitada, ordenando la inserción del lugar de nacimiento de la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR, en el acta de Nacimiento No. 1.192, año 1997, expedida por la Oficina de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Manuel Dagnino Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de julio de 2023, donde se lee “en el Hospital Universitario en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirà de este Municipio..”, debe leerse:: “… en Colombia, Cundinamarca Municipio Santafe de Bogotá D. C … ”. Así se decide.
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, instaurado por la ciudadana MILDRED DANIELA MACHADO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.458.148, domiciliada en la República de Colombia, signada bajo el No. 1.192, año 1997, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Manuel Dagnino Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de julio de 2023, en el sentido que aparezca en lo sucesivo en dicha acta la inserción correspondiente. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaria de la presente decisión en el copiador de sentencia llevado por el Tribunal, incluso en la página zulia.scc.org.ve
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo, al (01) días del mes de diciembre de dos mil veintitrés (2023). Años: 213° de la Independencia 164° de la Federación.

EL JUEZ SUPLENTE

Abg. JOSE BECEIRA VILLEGAS. .

LA SECRETARIA SUPLENTE,

Abg. YEIMY HINESTROZA
En la misma fecha se dictó y publicó el anterior fallo previo el anuncio de ley dado a las puertas del despacho por el alguacil del Tribunal, siendo las once (11:00) de la mañana, bajo el No. 092. Se expidió la copia ordenada por secretaria y se archivo en el copiador. LA SECRETARIA SUPLENTE.