REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 28 de Agosto de 2023
213º y 164º
ASUNTO PRINCIPAL: 4CV-2023-714
ASUNTO : 4CV-2023-714

DECISION Nº 1406-2023
Vista la solicitud presentada por la abogada DANYSE CEPEDA VASQUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Trigésima Quinta del Ministerio Público, con competencia en el sistema de protección de Niños, Niñas y Adolescentes y (Penal Ordinario), por ante el departamento de alguacilazgo de este Circuito Judicial en 25/08/2023 y recibida por este Tribunal en esa misma fecha mediante el cual solicita a éste Juzgado Cuarto en Funciones de de Control, Audiencias y Medidas de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Especial de Violencia, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. MP-160.956-2023 y ante este Tribunal bajo el número 4CV-2023-714, seguida en contra de los ciudadanos: ANGELO JESUS PALMAR y LILIBETH DE LOS ANGELES GONZALEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V-36.093.770 y V-18.741.693, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN LA MODALIDAD DE AUTOR Y VIOLENCIA SEXUAL EN LA MODALIDAD DE COMISIÓN POR OMISIOS PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 57 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, CONCATENADO CON CON EL ARTÍCULO 99 DEL CÓDIGO PENAL AUNADO A LA AGRAVANTE GEÉRICA DEL ARTÍCULO 217 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, en perjuicio de la adolescente LISMERY SARAY PALMAR GONZALEZ DE (15) AÑOS DE EDAD, en virtud de que la Representación Fiscal manifiesta que los hechos en los cuales se encuentra incurso el mencionado ciudadano; amerita la práctica de una serie de experticias y entrevistas, entre otras diligencias de investigación el resultado del examen ginecológico, ano rectal practicado a la victima de actas que servirán para determinar con certeza la verificación del hecho punible. En consecuencia, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de éste Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prórroga que se encuentra establecida en el artículo 82 de la referida Ley Orgánica, solicitada por la abogada DANYSE CEPEDA VASQUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Trigésima Quinta del Ministerio Público, con competencia en el sistema de protección de Niños, Niñas y Adolescentes y (Penal Ordinario), en tal sentido, acuerda otorgar la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de artículo 82 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN
EL SECRETARIO.

ABG. JESÚS ORLANDO HERNÁNDEZ CORDERO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO.

ABG. JESÚS ORLANDO HERNÁNDEZ CORDERO