Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas
del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la
ASUNTO PRINCIPAL: 4CV
ASUNTO: 4CV
DECISIÓN: 602-
EL JUEZ PROFESIONAL
EL SECRETARIO
MINISTERIO PÚBLICO
PÚBLICO
VICTIMA: MERLIN MONTIEL
DEFENSA PÚBLICA:
ENCARGADO DE LA DEFENSA PÚBLICA QUINTA ADSCRITO A LA UNIDAD DE
DEFENSA PUBLICA CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA
MUJER DEL ESTADO ZULIA.
IMPUTADO RAFAEL ENRIQUE FONSECA, VENEZONALO, DE 41 AÑOS DE EDAD, TITULAR
DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nro. V
DELITO: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionado en los artículos
41 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
En horas de despacho del día de hoy (25) de Abril de 2023, siendo las once
(11:00am) horas de la mañana,
fijada por éste Tribunal
Cumplimiento de Obligaciones de conformidad con lo establecido en el artículo 46
del Código Orgánico Procesal Penal
integrado por el Juez Provisori
Secretario, ABG. JESUS HERNANDEZ CORDERO y el Alguacil de Guardia
estado, se procede a verificar la presencia de las partes, verificando que se
encuentran presentes en este acto, la representante de la Fisc
GISELA PARRA,
DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nro. V
660-7056, acompañado de su Defensa Pública,
de la Defensa Pú
víctima la cual se encuentra debidamente notificada a través de boleta de
notificación prevista en el artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal. En este
estado y vista la comparecencia de
Verificación de Cumplimiento de Obligaciones por Suspensión Condicional del
Proceso, tomando la palabra el ciudadano; JUEZ PROVISORIO, ABOG. ESP. CARLOS
ALBORNOZ CHACIN, quien declara la apertura del acto.
PROVISORIO, CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACIÓN FISCAL
PARA QUE EXPONGA LO QUE A BIEN TENGA EN FORMA ORAL, QUIEN MANIFESTÓ LO
SIGUIENTE: “Visto el contenido de las actas que conforman el expediente y a las
obligaciones asignadas en el acto de Audiencia Preliminar se constata que se
cumplieron con las mismas y visto su asistencia al
virtud de que no ha cometid
es por la cual, esta representación fiscal no se opone a que se decrete el
sobreseimiento de la causa y
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 25 de Abril del 2023
212º y 164°
4CV-2021-324
4CV-2021-324
-2023
PROFESIONAL: ABG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACIN
SECRETARIO: ABG. JESUS HERNANDEZ CORDERO
PÚBLICO: ABOG. GISELA PARRA, FISCAL TERCERA (03°) DEL MINISTERIO
ABOG. MIGUEL FRANCO, DEFENSOR PUBLICO
V-14.974.070, TELEFONO: 0424
previo lapso de espera, oportunidad previamente
Tribunal, para verificar la Audiencia Oral de Verificación de
Penal. Acto seguido, se constituyó el Tribunal,
Provisorio, ABOG. ESP. CARLOS ALBORNOZ CHACIN, el
el acusado; RAFAEL ENRIQUE FONSECA, VENEZONALO, DE 41 AÑOS
Pública Tercera, se deja constancia de la incomparecencia de la
las partes se da inicio a la Audiencia Oral de
cometido nuevos hechos de violencia en contra de la víctima,
solicito copia certificada de la resolución
: : 0424-660-7056,
, Fiscalía No. 3 ABG.
V-14.974.070, TELEFONO: 0424
ABOG. DAVID SANCHEZ encargado
, A CONTINUACIÓN EL JUEZ
ABG. GISELA PARRA
Equipo Interdisciplinario
o CONTRA LA
42 y
Guardia. En este
alía 0424-
ONTINUACIÓN Interdisciplinario, y en
resolución, es todo.”.
Seguidamente, el Tribunal le ratifica al imputado las Garantías Constitucionales
previstas en el Artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y los Artículos 132 Y 133 del Código Orgánico Procesal Penal y
procede a cederle la palabra al acusado RAFAEL ENRIQUE FONSECA,
VENEZONALO, DE 41 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nro. V-
14.974.070, TELEFONO: 0424-660-7056, quien siendo las once y diez (11:10AM) horas
de la mañana, expuso: "Yo cumplí con todas las obligaciones que me impuso el
Tribunal, es todo”. SEGUIDAMENTE SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA
PÚBLICA: ABOG. MIGUEL FRANCO, QUIEN EXPONE LO SIGUIENTE: “Por cuanto mi
representado ha cumplido con el equipo interdisciplinario y no ha cometido nuevos
hechos de violencia en contra de la victima solicito que se decrete el
sobreseimiento de la causa, el cese de todas las medidas y la extinción de la
acción penal, asimismo, solicito copia certificada de la resolución levantada el día
de hoy, es todo”. ASIMISMO, EL TRIBUNAL UNA VEZ ESCUCHADO LO EXPUESTO POR EL
ACUSADO, LA DEFENSA PÚBLICA Y EL MINISTERIO PÚBLICO, este Tribunal
Especializado, pasa a realizar los siguientes pronunciamientos, bajo las siguientes
consideraciones: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba se le exime de la
obligación de asistir al Equipo Interdisciplinario adscrito a este Circuito Especializado
y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones
impuestas, y en tal sentido, éste Juzgado Especializado en Funciones de Control,
Audiencias y Medidas DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del
ciudadano RAFAEL ENRIQUE FONSECA, VENEZONALO, DE 41 AÑOS DE EDAD, TITULAR
DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nro. V-14.974.070, TELEFONO: 0424-660-7056, a quien se
le instruye causa por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA Y
AMENAZA, previstos y sancionado en los artículos 42 y 41 de la ley orgánica sobre
el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en perjuicio de la
ciudadana, de conformidad con los artículos 49 ordinal 7°, en concordancia con el
artículo 300 ordinal 3 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer
cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y
consecuencialmente, se declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL,
DECLARÁNDOSE COSA JUZGADA. Se ordena el archivo del expediente una vez
cumplido el lapso de ley. Y ASI SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON
COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre
de la República y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Finalizado el plazo de
Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas
las obligaciones impuestas se declara con lugar lo solicitado tanto de la
Representación Fiscal como de la Defensa Técnica y en tal sentido éste Juzgado
Especializado en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial
con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción
Judicial del estado Zulia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa, a favor del
ciudadano: RAFAEL ENRIQUE FONSECA, VENEZONALO, DE 41 AÑOS DE EDAD, TITULAR
DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nro. V-14.974.070, TELEFONO: 0424-660-7056, a quien se
le instruye causa por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA Y
AMENAZA, previstos y sancionado en los artículos 42 y 41 de la ley orgánica sobre
el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. En perjuicio de la
ciudadana DEILEANAR JOSEFINA PARRA BRACHO. Se ordena hacer cesar la
persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se
declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARÁNDOSE COSA JUZGADA. Se
ordena el cese de toda medida impuesta al referido ciudadano. Se acuerda
proveer las copias solicitadas por Secretaria. Se deja constancia que se cumplieron
con todas las formalidades exigidas por ley, para la realización de la presente
Audiencia, quedando Notificadas las partes de la presente decisión. Culminó el
presente acto siendo las once y treinta (11:30AM.) horas de la mañana. Es todo.
Terminó, se leyó y conformes firman. ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. ESP. CARLOS ANDRÉS ALBORNOZ CHACÍN
EL SECRETARIO,
DIARIZADO
ASIENTO N°____
FECHA: 25-04-2023
ABOG. JESUS HERNANDEZ CORDERO
|