Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, signada con el Nº 4968, se le da entrada y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese solicitud y numérese, al ciudadano ROGER CLARET MALDONADO SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.748.363, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, número de teléfono 0414-3993476, correo electrónico Rogermaldo3@gmail.com, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio EDITH CHUIRINOS AGUILLÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 198.213, correo electrónico diche1006@gmail.com, número de teléfono 0414-6106693, solicita se le declare suficientemente a su persona, a sus hermanos JANETH DEL VALLE MALDONADO SALAS, GINETTE DEL CARMEN MALDONADO SALAS, YUDITH CHIQUINQUIRA MALDONADO SALAS, JOSE GREGORIO MALDONADO SALAS, VICTOR ALFONSO MALDONADO SALAS, PEDRO JOSE MALDONADO SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-7.812.759, V-10.426.352, V-12.306.233, V-12.306.177, V-9.749.661, V-7.978.655 y su progenitora, cónyuge del causante GLADYS MARGARITA SALAS DE MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula V-4.162.059 como Únicos y Universales Herederos del de cujus ciudadano PEDRO MARIA MALDONADO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-848.136, de igual domicilio.
El solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción del causante, signada con el N° 488, de fecha diez (10) de diciembre de 2021, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, 2) Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos PEDRO MARIA MALDONADO y GLADYS MARGARITA SALAS, signada con el N° 643, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. 3) Copia certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos JANETH DEL VALLE MALDONADO SALAS, GINETTE DEL CARMEN MALDONADO SALAS, YUDITH CHIQUINQUIRA MALDONADO SALAS, JOSE GREGORIO MALDONADO SALAS, VICTOR ALFONSO MALDONADO SALAS, PEDRO JOSE MALDONADO SALAS, ROGER CLARET MALDONADO SALAS, signadas bajo el N° 768, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 485 expedida por el Registro Civil de la Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 551, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 550, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 7503 expedida por el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 4690 expedida por el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, N° 5934 expedida por el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. 4) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos PEDRO MARIA MALDONADO, GLADYS MARGARITA SALAS DE MALDONADO, JANETH DEL VALLE MALDONADO SALAS, GINETTE DEL CARMEN MALDONADO SALAS, YUDITH CHIQUINQUIRA MALDONADO SALAS, JOSE GREGORIO MALDONADO SALAS, VICTOR ALFONSO MALDONADO SALAS, PEDRO JOSE MALDONADO SALAS, ROGER CLARET MALDONADO SALAS, respectivamente.

DISPOSITIVO

Ahora bien, de la revisión efectuada a los instrumentos aportados, observa este Tribunal que tanto el acta de defunción del causante, el acta de matrimonio, y las actas de nacimiento consignadas, están conformes con lo expresado por el solicitante, demostrando el parentesco alegado con el ciudadano , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos GLADYS MARGARITA SALAS DE MALDONADO , JANETH DEL VALLE MALDONADO SALAS, GINETTE DEL CARMEN MALDONADO SALAS, YUDITH CHIQUINQUIRA MALDONADO SALAS, JOSE GREGORIO MALDONADO SALAS, VICTOR ALFONSO MALDONADO SALAS, PEDRO JOSE MALDONADO SALAS, ROGER CLARET MALDONADO SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-4.162.059 , V-7.812.759, V-10.426.352, V-12.306.233, V-12.306.177, V-9.749.661, V- V-7.978.655, V-9.748.363, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como cónyuge e hijos del de cujus ciudadano PEDRO MARIA MALDONADO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-848.136, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA. Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal e igualmente se ordena expedir las copias certificadas solicitadas por la parte interesada.
JUEZ SUPLENTE

ABG. JUAN CARLOS MORENO Z.
LA SECRETARIA

EMILIA ACURERO D SANTIAGO
En la misma fecha veintiséis (26) de mayo del 2022, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se dictó y publicó bajo el No. 38-2022. LA SECRETARIA.-

EMILIA ACURERO D´ SANTIAGO





Sol 6519-22
JCMZ/EA/Mg.