REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintiocho (28) de junio de dos mil veintidós (2022).-
Años: 212º y 163º
ACTA DE AUDIENCIA
DEMANDA PROVISIONAL No 40-2022
PARTE ACTORA: ARGENIS TOVAR.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ORLANDO MANRIQUE.
PARTE DEMANDADA: BEACH BAR & LOUNGE, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: GEYBELTH ALFONZO, LABIB TAYJAN YOMAA, JOSE VICENTE SANTANA ROMERO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día de hoy, veintiocho (28) de junio de dos mil veintidós (2022), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el Provisional Nº 40-2022 que constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, presidido por el Juez Dr. Fidel Hernández, con la asistencia de la Secretaria, Abogada FRANCIS FRONTADO. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, BEACH BAR & LOUNGE, C.A. comparece el Abogado en ejercicio JOSE VICENTE SANTANA ROMERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.906, según se evidencia de Poder Apud Acta de fecha 19-05-2022. Así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora en el presente asunto, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
EL JUEZ,
Dr. FIDEL HERNANDEZ.-
PARTE DEMANDA LA SECRETARIA,
FH/aknv-
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