REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, veintiocho (28) de septiembre 2021,
210° y 161
SOLICITUD: S-454-2021
PARTE SOLICITANTE: FRANCISCO ENRIQUE PIRELA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V.- 11.281.352, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Recibida la anterior solicitud mediante correo y distribución de documentos, signada con el N° TMM-2247-2021, se le dio entrada y se signo con el numero en fecha 17 de agosto de 2021 y en fecha 01 de septiembre de 2021 el solicitante consigno los originales de la solicitud presentada de manera virtual, constante de dieciocho (18) folios útiles.
Vista la solicitud de titulo supletorio, presentada por el ciudadano FRANCISCO ENRIQUE PIRELA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V.- 11.281.352, actuando en nombre propio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 73.912, actuando como representante judicial de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANONIMA AGROPECUARIA , debidamente inscrita por ante el registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 25 de mayo de 1981, anotado baj el numero 93, tomo 19-A, Expediente No.18690, RIF: j30376524-6 , presentación que consta en el acta de asamblea de accionistas, inscrita en el registro anteriormente mencionado, en fecha 27 de abril de 2021,anotado bajo el No. 37 tomo, este tribunal la admite en cuanto da a lugar en derecho y para resolver sobre su procedencia de conformidad con lo previsto en los artículos ,26 y 257 de la constitución de la republica Bolivariana de Venezuela, y con lo establecido en el articulo 94, numeral 3 del Reglamento de la ley de transito Terrestre, en concordancia con los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil ; solicita se le declare el titulo supletorio que le acredite los derechos sobre : 1) UN TRACTOR AGRICOLA JD6603X004484, SERIAL DEL MOTOR: J06068T3005400 según copia de factura No.3290, en fecha 30 de julio de 2007, emitido por la empresa ORVAL S.A 2)UN TRACTOR ORUGA MARAC :TEREX GM . MODELO 82 30B, CON MOTOR G.M: MODELO 8V-71, DE 260 HP, CON PALA ANGULABLE Y RI´PER, ATECO CON DOS DIENTES , SERIAL DE CHASIS: 65809, SERIAL 8B-A-354460.
El solicitante acompaño el libelo con los siguientes documentos 1)Acta constitutiva y acta de asamblea de fecha 25 de mayo de 1981, inscrito en el Registro Mercantil Primero del Municipio Maracaibo del estado Zulia, 16-A ; 2) copia simple del registro de comercio de fecha 27 de abril de 2021, inscrito en el registro mercantil Primero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, bajo el numero 37 tomo 16-A 3) Copia simple de la factura Nro. 3290, de fecha 30 de julio de 2007; 4) Justificativo de testigo evacuado por este tribunal en fecha 17 de septiembre de 2021.
Seguidamente procede este tribunal a exponer el criterio obtenido del análisis efectuado a los instrumentos acompañados en la presente solicitud y en tal sentido observa que los instrumentos consignados en copias certificadas merecen de fe publica y son valorados favorablemente , ya que no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran el fallecimiento del causante y la filiación del solicitante, Una vez revisados los documentos y consignados y dejando a salvo los derechos de los terceros conforme lo provee el articulo 937 del código de procedimiento civil TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA: suficiente las anteriores diligencias titulo suficiente para asegurara los derechos que tiene el ciudadano FRANCISCO ENRIQUE PIRELA GONZALEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V.- 11.281.352, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia. Sobre: 1) UN TRACTOR AGRICOLA JD6603X004484, SERIAL DEL MOTOR: J06068T3005400 según copia de factura No.3290, en fecha 30 de julio de 2007, emitido por la empresa ORVAL S.A 2)UN TRACTOR ORUGA MARAC :TEREX GM . MODELO 82 30B, CON MOTOR G.M: MODELO 8V-71, DE 260 HP, CON PALA ANGULABLE Y RI´PER, ATECO CON DOS DIENTES, SERIAL DE CHASIS: 65809, SERIAL 8B-A-354460. Déjese salvo los derechos de terceros. ASI SE DECIDE.
Devuélvanse estas actuaciones en original y déjese una copia certificada para el archivo del tribunal.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
A los fines previstos por el articulo 248 del código de procedimiento civil, expídase por secretaria copia certificada y déjese en este tribunal.
Dada , firmada y sellada en la sala del despacho de este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de 2.021, años 211de independencia y 161 de la federación.-
EL JUEZ
ABG. ENIO SANCHEZ ALAÑA
LA SECRETARIA
ABG. BARBARA QUINTERO GARCIA.
En la misma fecha anterior , previo anuncio de ley, a las puertas del Despacho, se dicto y publico el anterior fallo bajo el numero N° 046-2021, siendo las doce y once minutos de la mañana (11:00 am) y se expidió la copia certificada ordenada.
LA SECRETARIA
ABG. BARBARA QUINTERO GARCIA.
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