El Tocuyo, 03 de Septiembre del año 2021
Años: 211º y 162º
ASUNTO: S-059-21
TITULO SUPLETORIO
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ZULAY ESMIR RAMIREZ DE CANINO, venezolana, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.964.487, domiciliada en la ciudad de El Tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Morán, Estado Lara, asistida en este acto por la abogada en ejercicio MARLENE COROMOTO LUCENA DE BAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.002, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y DOMINIO, sobre un BIEN MUEBLE , correspondiente a una (01) Segadora Acondicionadora (usada), cuyas características son las siguientes: TIPO: SEGADORA; MARCA: NEW HOLLAND; MODELO: 616; AÑO:2006; SERIAL DE CARROCERIA: Y6B140038; SERIAL DE MOTOR: Y6B140038; COLOR: ROJO . El precio de esta maquinaria es la cantidad de VEINTIUN MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 21.000.000.000,00), siendo su equivalente en Dólares Americanos de CINCO MIL SETENTA Y NUEVE ($5.079) según tasa Oficial del Banco Central de Venezuela, para el día 30/08/2021. Para decidir este Tribunal observa:

----UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: DILCIA RAMONA BAEZ DE PINTO y VICTOR JOSE PEREZ FERNANDEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V– 11.588.938 y V– 7.315.805respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana ZULAY ESMIR RAMIREZ DE CANINO, antes identificada, sobre el Bien Mueble correspondiente a una Segadora Acondicionadora que se determina suficientemente en el presente decreto . Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente decreto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.

El Juez Titular , La Secretaria,


Abg. Douglas Javier Molina F. Abg. Joydeliz Vargas

En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se devuelve al interesado constante de ( ) folios útiles.
La Sec,