REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de noviembre de dos mil veintiuno
211º y 162º

ASUNTO: KP02-S-2021-002362

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos NELLY YOLISBETH RODRIGUEZ OVIEDO y OSCAR JESUS CASTELLANO MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° 11.268.911 y N° 10.765.142, respectivamente, asistidos en este acto, por el Abogado en Ejercicio MARCO ALEXANDER ASUAJE COLMENAREZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 249.115 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, debidamente registrado por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha dos (02) de abril del 2018, inscrito bajo el N° 2017.69, asiento Registral 4 del inmueble matriculado con el N° 363.11.2.9.12, correspondiente al libro de Folio Real del año 2017, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos NELLY YOLISBETH RODRIGUEZ OVIEDO y OSCAR JESUS CASTELLANO MELENDEZ, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria


Lucila Suarez Alvarado.