REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
CON LUGAR la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del ciudadano JESUS OSCAR PORRAS, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-NO POSEE; quien ha estado efectivamente privado de su libertad desde el día 06-11-2011 hasta el día 05/10/2019,fecha en la cual se realiza el presente cómputo RESULTANDO que ha estado privada por el lapso de SIETE (07) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, mas el lapso de redención de OCHO (08) MESES Y TRES (03) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, TOTALIZANDO el tiempo de privación en resultado OCHO (08) AÑOS SIETE (07) MESES Y DOS (02) DÍAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 5 y 9 de la Ley de Redención Judicial de la Penal por el Trabajo y el Estudio; y en consecuencia se Ordena la Redención, tomando en cuenta el tiempo que tiene detenido SIETE (07) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, más el total del lapso de tiempo redimido que es OCHO (08) MESES Y TRES (03) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, TOTALIZANDO el tiempo de privación en resultado OCHO (08) AÑOS SIETE (07) MESES Y DOS (02) DÍAS faltándole por cumplir DIEZ (10) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS