Republica Bolivariana de Venezuela





Poder Judicial
Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia
Maracaibo, 03 de junio de 2019
207° y 157°

CAUSA: 3J-1324-16 ASUNTO: VP03P2015028350

ACTA DE CONCLUSIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

En el día de hoy, lunes 03 de junio de 2019 siendo las 11:20 am, día fijado por este tribunal para la culminación de la audiencia de juicio oral y público de los ciudadanos, LUIS ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y YORVIS ANTONIO AGUIRRE TERAN. En este sentido, se constituye este tribunal en la sala de audiencias destinada para tal fin, presidido por el juez, JOSÉ DOMINGO MARTÍNEZ LUBO, en compañía del secretario, DIEGO JOSÉ RIERA LUQUEZ, quien deja constancia de la presencia del fiscal 50° del Ministerio Público, EDUARDO MAVAREZ; y de la defensora privada, RUTH CARMONA; constatándose que no fueron trasladados los acusados, LUIS ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y YORVIS ANTONIO AGUIRRE TERAN. Ahora bien, verificada la comparecencia de la partes, se procede a hacer un breve resumen de lo acontecido en la audiencia de juicio anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 319 del código adjetivo penal; y se deja constancia a su vez, que la presente audiencia, será grabada en audio y video, conforme a lo previsto en el artículo 317 del Código Orgánico Procesal Penal. De igual modo, el juez advierte de inmediato a las partes que deben estar atentos a todos los actos del proceso, así como también guardar el debido respeto para con el tribunal, y la contraparte, y asimismo, que deberán litigar de buena fe, ser pertinentes en sus preguntas, las cuales no deberán ser capciosas, sugestivas e impertinentes, conforme al artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Antes de continuar el acto, el tribunal, luego de haber agotado una serie de diligencias para lograr la comparecencia del resto de los órganos de pruebas, en concordancia a las diligencias procuradas por el Ministerio Público, y bajo la premisa, que el juicio no debe prolongarse a expensas de la comparecencia de personas, las cuales hasta la presente fecha no han podido comparecer, no queda mas, que prescindir del testimonio de los ciudadanos, RONALD LANDAETA, RAÚL MARTÍNEZ, EURI MOLINA, PEDRO HERNÁNDEZ, MARÍA DE LOS ÁNGELES ESCORCIA BOSSIO, SUBELDRI KARINA BORGES MELEAN y LEIDA COROMOTO PEROZO. Habiéndose prescindido del testimonio de los demás órganos de pruebas, se declara por terminada la evacuación de las pruebas y se le concede el derecho de palabra a las partes para que expongan su discurso de conclusiones. Luego de escuchado lo expuesto por las partes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: Se declara culpable y se condena a los ciudadanos LUIS ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad V-19.765.785; y YORVIS ANTONIO AGUIRRE TERAN, titular de la cédula de identidad V-19.414.394, a cumplir la pena de cinco (05) años de prisión, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 numeral 3 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda mantener privados de libertad a los mencionados acusados. Finalmente se deja constancia que se cumplieron con las formalidades previstas para la realización del juicio oral y publico, así como que el tribunal se acoge al lapso previsto en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal para la publicación del texto integro de la sentencia, quedando las partes notificadas de la presente decisión. Se da por concluido el acto siendo las 12:20 pm, previa lectura del acta de debate y conformes firman.
JUEZ TERCERO DE JUICIO

JOSÉ DOMINGO MARTÍNEZ LUBO
FISCAL 50 DEL MINISTERIO PÚBLICO

EDUARDO MAVAREZ
DEFENSORA PRIVADA

RUTH CARMONA
SECRETARIO

DIEGO JOSÉ RIERA LUQUEZ