REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Pampatar, Dieciséis (16) de Enero de dos mil Diecinueve. (2019)
208° y 159°
Vista la solicitud de HOMOLOGACIOÓN DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, y los recaudos anexos, presentada por los ciudadanos PAOLA DEL VALLE HERNÁNDEZ y DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-20.535.051 y V- 16.827.874, de estado civil divorciados, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE PINO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.316; este Tribunal, para proveer sobre la homologación a la partición, hace previamente las siguientes consideraciones:
El ciudadano DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA, conviene en ceder y traspasar a la ciudadana PAOLA DEL VALLE HERNÁNDEZ, el cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad que posee, sobre un (1) inmueble, constituido por un apartamento identificado con el Nro. B-43, situado en la planta tres del edificio B, que forma parte de la primera etapa del Conjunto Residencial “Agua Marina Suites”, ubicado en el Sector Paraíso, (Vicuare), de la ciudad de Pampatar, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, identificado con el código catastral, Número 17-06-01-U01-003-003-001-002-P03-003, el cual le pertenece a los solicitantes, según documento protocolizado ante la oficina de Registro Público del Municipio Maneiro de este estado, en fecha 23-11-2012, anotado bajo el número 2012-1230, Asiento Registral 1, matriculado con el número 396.15.4.1.5261 y correspondiente al Folio Real al libro del Folio Real del año 2012.-----------------
El ciudadano DAVID DEL JESUS INDRIAGO GARCIA, figura como propietario de un inmueble constituido por una vivienda ubicado en el Portachuelo, a inmediaciones del Caserío La Otra banda de la ciudad de la Asunción, vivienda que se encuentra construida sobre terrenos de la Comunidad del Portachuelo, la cual consta de un recibo, dos dormitorios, una cocina, una letrina y un patio, con un área aproximada de ochenta y ocho metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (88,50 mts2), construida con paredes de bloques frisadas, techado de tejas firmes, con machihembrado y piso de cemento y terreno con un área aproximada de cuatrocientos sesenta metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (460,35 mtrs2), el cual le pertenece al solicitante según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Arismendi y Antolín del Campo de este Estado, en fecha 13.05.2013, anotado bajo el número 2009.564, Asiento Registral 2, matriculado con el número 393.15.1.1.507, y correspondiente al Folio Real al Libro de Folio Real del año 2009; inmueble que con ocasión del presente acuerdo pasará a ser de la exclusiva propiedad del ciudadano DAVID DEL JESUS INDRIAGO GARCIA.----------------------------------------------------------------------
El ciudadano DAVID DEL JESUS INDRIAGO GARCIA, figura como propietario de un vehículo Marca: MACK, Modelo: 88R686SXLD, Serial de Motor: 4M9786, Placa: 079XBZ, Serial de Carrocería: V17467, Color: Azul y Blanco, Clase: Camión, Tipo: Volteo, según consta de Certificado de Registro de Vehículo número 110201527597, el cual queda en propiedad del solicitante ciudadano DAVID DEL JESUS INDRIAGO GARCIA. ----------------------


La ciudadana PAOLA DEL VALLE HERNÁNDEZ, figura como propietaria de un vehículo Marca: REMYVECA, Modelo: 2SVT20M090S, Serial de Motor: S/M, Placa: A35JJ4F, Serial de Carrocería: 8X9SV09297C006450, Color: Naranja, Clase: Semiremolque Tipo: Volteo, según consta de Certificado de Registro de Vehiculo número 170103657368, el cual queda en propiedad del solicitante ciudadano DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA.
El ciudadano DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA, figura como propietario de un vehículo Marca: TOYOTA, Modelo: TOYOTA MERÚ M/T, Serial de Motor: 3RZ3390616, Placa: AA701PC, Serial de Carrocería: 9FH11UJ9059006099, Color: Blanco, Clase: RUSTICO, Tipo: TECHO DURO, según consta en documento notariado por antes la NOTARÍA PÚBLICA DE ANACO ESTADO ANZOATEGUI de fecha 15 de febrero del año 2017, inserto bajo el Numero 10, Tomo 15 de los libros de autenticación llevados por esta notaria. El cual queda en propiedad del solicitante ciudadano DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA. --------------------------------------------------------------------
Se observa de los solicitantes emerge la voluntad diáfana de partir de forma amigable los bienes de la comunidad conyugal, asimismo, se verifica que en el acuerdo presentado para la homologación no se encuentra involucrado el orden público ni las buenas costumbres, ni están prohibidas las transacciones y que los ciudadanos PAOLA DEL VALLE HERNÁNDEZ y DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-20.535.051 y V- 16.827.874, de estado civil divorciados, respectivamente, comparecieron con la debida asistencia Jurídica a este Tribunal.-----------------------------------------------
De acuerdo a lo anterior, este Tribunal aprueba la partición amigable realizada por los ciudadanos PAOLA DEL VALLE HERNÁNDEZ y DAVID DEL JESÚS INDRIAGO GARCÍA, conforme al artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, le imparte su homologación debiendo tenerse la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se declara.---------------------------------------------------------------------------
Se ordena expedir por Secretaría copia certificada del presente auto, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, todo lo cual deberá cumplirse una vez sean proveídas las copias simples necesarias.--------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez

Dr. José Gregorio Pacheco,

La Secretaria,
NOTA: En fecha 16-01-2019, se dictó y público la anterior decisión, previa las formalidad de ley bajo el Nro. 2019-3170, siendo las 2:00 post-meridiem. Conste.------------------------------------------------------------------------------------
La Secretaria,

Abg. YENNIFER SOTO VELASQUEZ.-

Solicitud Nro. 2019- 3399.-
Luisa.-