Republica Bolivariana de Venezuela





Poder Judicial
Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia
Maracaibo, 20 de noviembre de 2018
207° y 157°

CASO: VP02P2010043111 CAUSA: 3J-1153-14

ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

En el día de hoy, martes 20 de noviembre de 2018, siendo las 11:30 am, día fijado por este tribunal para la continuación de la audiencia de juicio oral y público del ciudadano, KELVIN LEONEL PERDOMO BOWEN. En este sentido, se constituye este tribunal en la sala de audiencias destinada para tal fin, presidido por el juez, JOSÉ DOMINGO MARTÍNEZ LUBO, en compañía del secretario, DIEGO JOSÉ RIERA LUQUEZ, quien deja constancia de la presencia del fiscal 49° del Ministerio Público, ERNESTO ROMERO; de la defensora privada, LESLIS MORONTA; y del acusado KELVIN LEONEL PERDOMO BOWEN. Ahora bien, verificada la comparecencia de la partes, se declara como iniciado el juicio y se impone al acusado presente, sobre el contenido íntegro del precepto constitucional, previsto en el artículo 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y se deja constancia a su vez, que la presente audiencia, no será grabada en audio y video, conforme a lo previsto en el artículo 317 del Código Orgánico Procesal Penal. De igual modo, el juez advierte de inmediato a las partes que deben estar atentos a todos los actos del proceso, así como también guardar el debido respeto para con el tribunal, y la contraparte, y asimismo, que deberán litigar de buena fe, ser pertinentes en sus preguntas, las cuales no deberán ser capciosas, sugestivas e impertinentes, conforme al artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal. El tribunal observa, en seguimiento a lo acordado en la audiencia anterior, la no comparecencia de los testigos civiles, MANUEL MORENO y ANDERSON HELIU MORENO PARTIDA, razón por la que, se prescinde en este acto del testimonio de dichos ciudadanos por haber agotado este tribunal las diligencias necesarias para lograr la comparecencia de los mismos; e igualmente, se incorpora para su lectura, de conformidad a lo previsto en el artículo 322 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, las actas policiales levantadas los días 11/12/2009 y 11/04/2010. La defensora privada, LESLIS MORONTA, expone: Esta defensa desiste de la prueba de reconstrucción de hechos ofertada en el tribunal de control, por cuanto ha sido imposible contar con la presencia a este juicio de los testigos oculares, es todo. El tribunal, ante este pedimento requerido por la defensora privada, lo declara ha lugar, y en consecuencia se prescinde de tal prueba. Habiéndose agotado el acervo probatorio, se declara por terminada la evacuación de las pruebas y se le concede el derecho de palabra a las partes para que expongan su discurso de conclusiones. Luego de escuchado lo expuesto por las partes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: Se declara no culpable y se absuelve al ciudadano, KELVIN LEONEL PERDOMO BOWEN, titular de la cédula de identidad V-20.688.265, de la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 406numeral 1 del Código Penal y HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 1 y 2 numerales 4 y 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores SEGUNDO: Se acuerda la libertad del mencionado ciudadano. Finalmente se deja constancia que se cumplieron con las formalidades previstas para la realización del juicio oral y publico, así como que el tribunal se acoge al lapso previsto en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal para la publicación del texto integro de la sentencia, quedando las partes notificadas de la presente decisión. Se da por concluido el acto siendo las 11:50 am, previa lectura del acta de debate y conformes firman.
JUEZ TERCERO DE JUICIO

ABOG. JOSÉ DOMINGO MARTÍNEZ LUBO

FISCAL 49 DEL MINISTERIO PÚBLICO

ABOG. ERNESTO ROMERO
ACUSADO

KELVIN LEONEL PERDOMO BOWEN

DEFENSORA PRIVADA

ABOG. LESLIS MORONTA
SECRETARIO

ABOG. DIEGO JOSÉ RIERA LUQUEZ