REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, treinta (30) de noviembre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

ASUNTO: VP01-N-2017-000057

ACTA DE LA AUDIENCIA DE JUICIO
En el día de hoy, treinta (30) de noviembre de 2018, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijados para llevar a efecto la presente de AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA DE JUICIO en la causa signada con el No. VP01-N-2017-000057, en el juicio incoado por la entidad de trabajo TUBOSCOPE BRANDT DE VENEZUELA, S.A., en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO por motivo de ASBTENCION Y CARENCIA, estando presente en la Sala de Audiencia la ciudadana, BREZZY AVILA URDANETA quien preside este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en compañía de la ciudadana MIRTHA BARRIOS, en su condición de Secretaria, y del ciudadano Alguacil del mismo; y anunciada como fue la audiencia de juicio por parte del referido alguacil de viva voz a puertas de la sala de atención al público, la Secretaria constató la comparecencia del ciudadano Fiscal FRANCISCO FOSSI fiscal Vigésimo Segundo de Maracaibo estado Zulia., a la hora indicada; asimismo constató la incomparecencia de la parte demandante, del Inspector del Trabajo, y del Procurador General de la Republica, ni por si ni por medio de apoderado Judicial alguno a la hora fijada para la celebración del presente acto. En este estado, dándose así inicio a la presente Audiencia de Juicio, solicito la palabra el ciudadano Fiscal quien manifestó que solicita al Tribunal se declara el desistimiento de la presente causa en virtud de la incomparecencia del recurrente conforme lo previsto en el articulo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Seguidamente tomando la palabra la ciudadana Jueza BREZZY AVILA URDANETA, expuso: El Tribunal observa:
Establece el Artículo 70. (Último aparte). “Si el demandante no asistiere a la audiencia se entenderá desistida la demanda, salvo que otra persona de las convocadas manifieste su interés en la resolución del asunto”.

En consecuencia, al no comparecer la parte demandante a la hora fijada para la audiencia de juicio, por sí o por medio de apoderado judicial, la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece que debe entenderse desistida la demanda, por consiguiente: este Tribunal pasa a pronunciar sentencia oralmente en los siguientes términos: Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1. DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO EN EL PRESENTE RECURSO DE ASBTENCION Y CARENCIA incoado por entidad de trabajo TUBOSCOPE BRANDT DE VENEZUELA, S.A; todo conforme lo preceptuado en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

2. NO SE CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia digital en formato PDF para evitar su alteración, conforme al artículo 5 de la Resolución No. 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se dictan “Las normas de adecuación administrativa y tecnológicas que regularan los copiadores de sentencias, y los libros de registros que lleven los Tribunales de los Circuitos en las Sedes Judiciales y de las copias certificadas que estos expidan”; y al acta levantada por ante este Juzgado en fecha 02/02/2017; todo en contribución a la defensa de los derechos ambientales y el desarrollo de los derechos de la madre tierra en pro de la preservación de la vida en el planeta, la salvación de la especie humana y la eliminación progresiva del uso de papel e insumos para la impresión. Se deja constancia que la presente Audiencia tal y como establece el artículo 162 de la misma Ley Adjetiva antes nombrada, fue reproducida en forma audiovisual a través de los medios necesarios para tal fin. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez,
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BREZZY AVILA URDANETA

La Secretaria,

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MIRTHA BARRIOS.
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FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO VIGESIMO SEGUNDO


En la misma fecha y en horas de Despacho, se dictó y publicó el fallo que antecede en el Sistema Juris 2000 como Resolución, quedando la misma registrada bajo el Nro.2018-59


La Secretaria,

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MIRTHA BARRIOS.


VP01-N-2017-57.
BUA/mb.-