Sent.052-18
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 17 de Mayo de 2018
208° y 159°
En vista de haber recibido este tribunal los documentos requeridos para decidir sobre la admisión, se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese y en virtud de que la Abg. María Alejandra Cárdenas Méndez, quien suscribe el presente auto, quedó designada con el cumplimiento de las formalidades de ley para ocupar el cargo de Juez Suplente de este Tribunal a partir del día 12 de Octubre de 2017, procede a abocarse al conocimiento de la presente causa, ahora bien.- El ciudadano ALEXIS JOSE GANEM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.791.357, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. Bajo el No. 242.179, actuando en este acto por mis propios derechos, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene el y los ciudadanos: CARLOS MARTIN MARQUEZ GANEM, SANDRA DEL CARMEN GANEM Y RICHARD REIMUNDO MARQUEZ GANEM. Como Únicos y Universales Herederos de la causante NACIRA JUDITH GANEM DE HERNANDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.174.530, falleciera en fecha 19 de Diciembre de 2016, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia.- El solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Acta de Matrimonio; 2) Acta de defunción; 3) Actas de nacimiento; 4) Copias de cédula; 5) Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo en fecha 28 de Agosto de 2017.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ALEXIS JOSE GANEM, CARLOS MARTIN MARQUEZ GANEM, SANDRA DEL CARMEN GANEM Y RICHARD REIMUNDO MARQUEZ GANEM, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las cedulas de identidad V.-7.791.357, V.-10.406.667, V.-7.800.268 y V.-12.442.458, respectivamente como Únicos y Universales Herederos de la causante: NACIRA JUDITH GANEM DE HERNANDEZ.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse los documentos originales solicitados y déjese copia certificada de los mismos, así como expedir las copias certificadas solicitadas.-
La Juez,

Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ VILLARREAL

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abog. MARIANGEL MENDOZA C.-


En la misma fecha fueron devueltos los documentos originales solicitados y dejando copia certificada de los mismos.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. MARIANGEL MENDOZA C.-



MIGV/MMC/NJAR.-
Exp.1779-18