En el día de hoy, Siete (07) de Marzo de Dos Mil Dieciocho (2018), siendo la Una Post-meridiem (01:00 p.m.), oportunidad fijada para practicar la presente solicitud de Inspección Judicial, previa habilitación del tiempo necesario para la práctica de dicha solicitud, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en compañía del ciudadano CARLOS DIMITRI VÁSQUEZ JUÁREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-7.212.970, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 178.444, actuando en su propio nombre, y se constituyó en un inmueble específicamente en un Taller denominado “Hermanos Manzano”, ubicado en la Calle La Laja, Sector Chinguirito, Guacuco, Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta, sitio al cual fue conducido este Tribunal por la parte solicitante. Acto seguido, una vez constituido el Tribunal en dicho sitio procedió a notificar de la misión a cumplir, previa lectura de las actuaciones que encabezan la presente solicitud, al ciudadano JOSÉ DANIEL MANZANO MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.005.523, en su carácter de Propietario del referido taller. Seguidamente, el Tribunal procedió a designar como Experto Fotógrafo al ciudadano DAVID ANTONIO RIVODO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad N° V-6.291.183, el práctico fotógrafo designado manifiesta que para realizar la labor encomendada, utilizará para ello una cámara digital Marca SAMSUNG, Modelo DV150F, Serial 784560; quien estando presente aceptó el cargo en el recaído y prestó el juramento de Ley, En este estado, el Tribunal le indica al práctico designado en dicha inspección que tome fotografías en su presencia al vehiculo a inspeccionar, se le informa al experto fotógrafo nombrado que deberá consignar junto con su respectivo respaldo dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, a los fines de que formen parte integrante de la presente acta. Seguidamente, este Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares contenidos en la solicitud que encabeza estas actuaciones, y en relación a lo requerido en el PRIMER PARTICULAR, el Tribunal deja constancia por haberlo observado que en el taller donde está constituido se encuentra aparcado un vehiculo Marca: Toyota, Modelo: 4Runner, Clase: Camioneta, Color: Blanco, Tipo: Sport Wagon, Placa: AH316DG, Año: 1992, Uso: Particular, manifestando el notificado que dicho vehiculo se encuentra en su taller para verificar porque no enfriaba el aire acondicionado del referido vehiculo. Es todo.- Con relación a lo solicitado en el SEGUNDO PARTICULAR, el tribunal deja constancia que el notificado mostró un talonario de

factura, en el cual se observa la copia de una factura signada bajo el N° 0441, de fecha 17 de Octubre de 2017, de la cual se acuerda anexar copia fotostática de la misma, la cual se explica por si sola. Es todo.- Con relación a lo solicitado en el TERCER PARTICULAR, el tribunal deja constancia que el propietario del taller donde se encuentra constituido el tribunal es el ciudadano JOSÉ DANIEL MANZANO MORALES. Es todo.- Con relación a lo solicitado en el CUARTO PARTICULAR, el tribunal deja constancia que ya se nombró el experto fotógrafo, plenamente identificado en la presente acta. Es todo.- En cuanto al QUINTO PARTICULAR, el tribunal deja constancia que el abogado en ejercicio CARLOS DIMITRI VÁSQUEZ JUÁREZ, hará uso del particular abierto y lo hace de la siguiente manera: Solicito al tribunal deje constancia del funcionamiento operativo del equipo del aire acondicionado en lo que respecta al compresor del vehiculo objeto de la presente inspección, para ello se sirva designar un Experto en la materia de Refrigeración Automotriz. Es todo.- Seguidamente, el Tribunal procede a designar Experto en Refrigeración Automotriz al ciudadano YONNI DAVID COVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.775.818, quien estando presente aceptó el cargo en el recaído y prestó el juramento de Ley. Acto seguido, el Tribunal con el debido asesoramiento del experto nombrado al efecto, pasa a dejar constancia del presente particular no se encuentra funcionando el compresor de aire acondicionado. Es todo.- Terminado el acto del traslado, el Tribunal acuerda regresar a su sede natural Siendo las Tres y Cuarenta y Cinco Post-meridiem (03:45 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman, menos el Notificado, quien manifestó no querer firmar.-
LA JUEZ,


ABG. LISBETH VELÁSQUEZ ORDAZ,



LA PARTE SOLICITANTE,



Abg. CARLOS D. VÁSQUEZ JUÁREZ.



EL NOTIFICADO,



EL PRÁCTICO FOTÓGRAFO DESIGNADO,






EL EXPERTO EN REFRIGERACIÓN AUTOMOTRIZ,



EL AGUACIL,


LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. DILIA ACOSTA VILLARROEL.


En la misma fecha (07/03/2018), se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. DILIA ACOSTA VILLARROEL.


Solic. N° 2018-866
LVO/dav*.-