REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARINAO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 25 de junio de 2018.
208° y 159°
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente signado con el N° 25.490, contentivo del juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA Y RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, que interpusiera el ciudadano ESTEBAN FRAGA DE LEÓN contra ABRAHAM RAMÓN PALACIOS SEIJAS, antes identificados, el Tribunal observa, que en el auto de fecha 16 de marzo de 2018, se libró oficio al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos, signado con el N° 0970-16.861, con Carta Rogatoria, a los fines de su tramitación ante el Juzgado del Condado de Broward, Fort Lauderdale, estado de Florida Estados Unidos de América; y visto que el dicho oficio debe ser remitido a la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, ubicado en la Avenida Urdaneta-Carmelitas, Puente Llaguno, Piso 1, Edificio anexo a la Torre M. R. E., Caracas Distrito Capital; es por lo que este Juzgado ordena dejar sin efecto el oficio librado en fecha 16-03-2018, signado con el N° 0970-16.861, y librar nuevo oficio a la Oficina antes identificada. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,
Abg. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
EL SECRETARIO,
Abg. FELIX J. VILLARROEL V.
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.-
EL SECRETARIO,
Abg. FELIX J. VILLARROEL V.
AVC/FJVV/José
EXP: 25.490