REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 20 de junio de 2018
208° y 159°
Vista la diligencia suscrita en fecha 18 de junio de 2018, por la abogada MARÍA GABRIELA FERNÁNDEZ, con Inpreabogado Nº 115.010, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante (fs. 168 al 175, y 191 al 193 del presente expediente), en la cual solicita se incluya en el exhorto acordado el 16-3-2018, al abogado RAFAEL SANCHEZ GONZALEZ; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por medio del presente auto se deja sin efecto las actuaciones ordenadas en el auto de fecha 16-3-2018, que ordena la ejecución forzada de la sentencia; y como consecuencia de lo anterior, el Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado por la referida abogada diligenciante, visto que se encuentra vencido el lapso de los tres (03) días de despacho para que la parte demandada ejerciera el cumplimiento voluntario de Ley correspondiente, sin que ello haya ocurrido, de conformidad con lo previsto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, ordena la ejecución forzosa, y se ordena librar oficio a la Sociedad Mercantil INVERSIONES T.B.C. MARGARITA C.A., a los fines de notificarle que debe cumplir con la reparación de todos los vicios de construcción de los que adolece el inmueble identificado penthouse Salinas 11 (PHS-11) que forma parte de la Segunda Etapa del Conjunto Monpatare Las Terrazas, ubicado en el módulo 11, en el Cerro Punta Ballena, Pampatar, Municipio Autónomo Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, con una superficie de Ciento Noventa Metros Cuadrados (190 Mts2) con Catorce Metros Cuadrados (14,00 Mts.2) de terraza descubierta. Asimismo se acuerda incluir al abogado RAFAEL SANCHEZ GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.159, como apoderado de la parte actora en el exhorto que en esta fecha se ordena. Líbrese comisión a los fines de la entrega del oficio ordenado. Cúmplase.-
Todo con motivo del juicio que por SANEAMIENTO LEGAL POR DEFECTO DE CONSTRUCCIÒN Y VICIOS OCULTOS, interpusieran los ciudadanos MIGUEL MALTE FRITZ HAUSCHILD GROENING Y LUCILA PANTIN DE HAUSCHILD, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES T.B.C. MARGARITA C.A., Expediente N° 24.426. -
AVC/fv/mcf.-