REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 19 de junio de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-001150
PARTE ACTORA: MARIO VALBUENA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GREGORIO GÓMEZ
PARTE DEMANDADA: TALLER RELAMPAGO C.A., TALLER EL CUATRO C.A. y RENZO BASSO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NORCY GONZALEZ y LORENA PARRA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy diecinueve (19) de Junio de 2018, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron las abogadas NORCY GONZALEZ y LORENA PARRA, con el carácter de apoderadas judiciales de las sociedades mercantiles TALLER RELAMPAGO C.A y TALLER EL CUATRO C.A y del ciudadano RENSO BASSO, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano MARIO VALBUENA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 159 y 208.



El Juez

El Secretario

Marlene Rojas de Siu Jesús Salazar



Los Presentes