N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2018-000109
PARTE ACTORA: JUAN MATHEUS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL AMISTAD, C.A., LIN LEJIN y JIANXIN LIN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EMERCIO APONTE
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 15 de Junio de 2018, siendo las 10:33 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar por ante este tribunal Noveno de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora: JUAN MATHEUS, no estuvo presente ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, así mismo se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada entidad de trabajo, COMERCIAL AMISTAD C.A y LIN LEJIN y JIANXIN LIN, representados por el Abogado en ejercicio y de este domicilio Emercio Aponte, inscrito por ante el inpreabogado bajo el No. 6087, según poder acreditado en actas procesales. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 159 y 208.
El Juez
Abg. Federico Rodríguez Petit
Los Presentes La Secretaria.
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