TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. Pampatar, veintisiete (27) de febrero de dos mil dieciocho (2018).-

207° y 158°
Vista la diligencia suscrita en fecha 23-02-2018; presentada por ante este Tribunal por la ciudadana MAYRA GABRIELA LACH DE JOSIC, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 13.993.165, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.271, actuando en la condición de apoderada judicial de la parte actora JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LAS TRINITARIAS I, registrado mediante documento de condominio protocolizado por ante la oficina del Registro Público del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 09 de junio del año 2015, bajo el Nro. 26, folios 185, Tomo 8; según poder autenticado ante la Notaría Pública de Pampatar en fecha 24 de enero de 2018, anotado bajo el Nro. 33, Tomo 12, Folios 112 hasta 115, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento en la presente causa judicial de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (VÌA EJECUTIVA), intentado en contra del ciudadano LUIS CESAR REAL PUERTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.202.050, en virtud de que la parte demandada canceló la suma de lo adeudado; este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el archivo del expediente. -----------------------------------------------------------------
El Juez,


Dr. José Gregorio Pacheco,



La Secretaria,


Abg.Yennifer Soto Velásquez.







Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, Nro. 2018-3019.
Expediente Nro. 2017-2650
Irays.