ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-001040
PARTE ACTORA: NINOSKA FONSECA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Karen Rodríguez
PARTE DEMANDADA: EXEQUIALES AVE DEL PARAISO C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Carlos Faria
MOTIVO: Prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy,23 de Enero de 2018, siendo las 9:31 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos NINOSKA FONSECA y EXEQUIALES AVE DEL PARAISO C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de Un millón doscientos mil Bolívares (Bs. 1.200.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora el día jueves 25 de Enero de 2018 a las 11.00 a.m. En este estado la apoderada actora aceptó lo ofrecido libre de presión. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada consignó instrumento poder el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes