REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (23) de Enero de Dos Mil dieciocho (2018)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000832
PARTE ACTORA: RICHARD ORTEGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA LEON
PARTE DEMANDADA: SOFANIA SPORT C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON SILVA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 23 de Enero de 2018, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia preliminar, presente el abogado RAMON SILVA inpreabogado numero 67.715 actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada SOFANIA SPORT C.A, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158 y 207.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes