REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-004144
Quien suscribe Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS, en su condición de Juez Suplente del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº CJ/16/810, en fecha 14 de Marzo de 2016 y juramentada según acta N° 42/2018, de fecha 17 de Diciembre de 2018; se ABOCO al conocimiento de la presente solicitud.
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: NAILETT DEL CARMEN SANTIAGO RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad nro.: V- 13.062.169, asistida en este acto, por el Abogado en Ejercicio: Luis Lecuna Camacho, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 185.718, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: NAILETT DEL CARMEN SANTIAGO RODRIGUEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
La Juez Suplente,

Abg. Cecilia Nohemí Vargas.
El Secretario Suplente,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández.


B.D//J.A//AJG.-