REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO.
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios
Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
Porlamar, 03 de agosto de 2018.-
208º y 159°
El presente juicio de DIVORCIO 185 “A”, presentado por los ciudadanos XAVIEL SIMON ROJAS MARQUEZ y TIBISAY MARGARITA GOMEZ ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.113.986 y 10.461.921, asistidos por el abogado en ejercicio GERARDO HEINNER ARTEAGA MORFFE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.668, observa el tribunal que la ultima actuación de las partes en el presente juicio data del (28-06-2018).
Seguidamente, por ser la perención de la instancia una institución de orden público que puede ser declarada por el Tribunal aún de oficio, tal como lo establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia para verificar efectivamente en el presente proceso si ha operado la misma y lo hace de la siguiente forma:
Por tanto, al no haber cumplido los solicitantes con la carga procesal a los efectos de que se practicará la notificación de la Representación Fiscal dentro del lapso de los Treinta (30) días continuos, evitando con ello su eventual paralización, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para este Tribunal, declarar de oficio la PERENCIÓN de la instancia y así se decide.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Decisión que se toma administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA
LA SECRETARIA
Abg. WINIFRED FRENDIN
ARV-wfg-arsm.-
CAUSA Nº 2.345-18
Interlocutoria/perención