EXP-6019-17 Sent- 164-17



TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo, 29 de septiembre de 2017
206° y 158°

Recibida del Órgano Distribuidor la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, constante de veinticinco (25) folios útiles. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial No 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este Órgano Jurisdiccional para la tramitación de este asunto y jurada como fue la urgencia del presente caso, es por lo que se le da entrada a la presente solicitud y se ordena a formar expediente y numerarlo.
Ha ocurrido ante este Tribunal la ciudadana ELIZABETH ROSALIA CARIEL DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.895.418, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido en ese acto por el abogado en ejercicio RONALDO COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.152.774, y del mismo domicilio, a objeto de solicitar se le declare a título suficiente a los ciudadanos JHONNY JOSE SANCHEZ MERLANO, ROGELIO ROBINSON SANCHEZ CARIEL, YOHANA DEL CARMEN SANCHEZ CARIEL, MARCO ANTONIO SANCHEZ CARIEL Y JOHAN MANUEL SANCHEZ CARIEL, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su difunto padre conyuge y padre de los ultimos ciudadano ROGERIO SEGUNDO SANCHEZ MORAN, quién en vida fuera venezolano, portador de la cédula de identidad No. V-1.099.254, domiciliado en la parroquia de Santa Lucia del municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día tres (03) de julio de 2017, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 129, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Lucia del mismo municipio.
Del mismo modo, la solicitante acompaño los siguientes recaudos: a) copia certificada del acta de defunción del de-cujus ROGERIO SEGUNDO SANCHEZ MORAN, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Lucia; b) copia certificada de la cedula de identidad de su cónyuge y del acta de matrimonio signada con el No. 13, emitidas por la Oficina del Registro Civil Parroquia Unión Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, de los ciudadanos ROGERIO SEGUNDO SANCHEZ MORAN Y ELIZABETH ROSALIA CARIEL DE SANCHEZ; c) copias certificadas de las actas de nacimiento signadas con los Nos. 1930 emitida del Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, 78 emitida del Registro Civil de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, 271 emitida del Registro Civil de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y 520 emitida del Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de los ciudadanos JHONNY JOSE SANCHEZ MERLANO, ROGELIO ROBINSON SANCHEZ CARIEL, YOHANA DEL CARMEN SANCHEZ CARIEL, MARCO ANTONIO SANCHEZ CARIEL Y JOHAN MANUEL SANCHEZ CARIEL d) copias fotostáticas de las cédulas de identidad del de-cujus. e) Justificativo de testigos, solicitando la evacuación de los testigos en este Tribunal para que comparezcan ante el mismo ente a rendir sus testimonios.
Ahora bien, este Tribunal, luego de una revisión minuciosa de las actas observa que en la copia certificadas del acta de nacimiento del ciudadano ROGELIO ROBINSON SANCHEZ CARIEL, no se aprecia el numero de asiento de la misma, la cual fue emitida por el Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, resultando imperioso para este Tribunal determinar el numero de acta, a los fines de emitir pronunciamiento con relación a la Declaración de Únicos y Universales Herederos de la que se trata, se insta a la parte solicitante a consignar acta de nacimiento del ciudadano ROGELIO ROBISON SANCHEZ CARIEL. Donde pueda apreciarse el número de la misma. ASI SE DECIDE.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). 207° de la Independencia y 158° de la Federación.


Dra. CRISEL GONZALEZ AVILA
JUEZA PROVISORIA
LA SECRETARÍA,
Abg. BETTINA BEMERGUI
En la misma fecha, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m), se dictó y publicó bajo el No. 164-17
LA SECRETARÍA,