REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARÍTIMO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 19 de septiembre de 2017
207º y 158º
Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de agosto de 2017, por el abogado HECTOR GAMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2769, mediante la cual apela de la anterior decisión; este Tribunal observa que la referida decisión interlocutoria es inapelable por ser este un procedimiento que se dirime por el procedimiento oral, motivo por el cual Niega la referida apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 878 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
Expediente N° 25.440
CBM/avc/mcf.-