REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés (23) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
Años: 207º y 158º
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2017-000033
PARTE ACTORA: OMAR JOSÉ FERNÁNDEZ AGUILAR.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: FUNDACONFERRY Y CONSOLIDADA DE FERRYS C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTES DEMANDADA: ENEIVIR CAROLINA MAESTRE ZABALA Y OTROS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, veintitrés (23) de octubre de dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2017-000033, se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez FIDEL HERNÁNDEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada EVA ROSAS SILVA. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la comparecencia de la profesional del derecho ENEIVIR CAROLINA MAESTRE ZABALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 232.640, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, FUNDACONFERRY Y CONSOLIDADA DE FERRYS C.A., cualidad que se desprende de instrumento poder de fecha 17 de noviembre de 2015, el cual presenta en este acto en original y copia a effectum videndi para que previa certificación por secretaria sea agregado en autos. Así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora en el presente asunto, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
EL JUEZ.,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.


PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA
EVA ROSAS SILVA.


FH/dc.-