REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 22 de noviembre de 2017.
202º y 153º
Vista la diligencia suscrita en fecha 15 de noviembre de 2017 por el abogado HÉCTOR GÁMEZ ARRIETA, con Inpreabogado N° 2769,en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el expediente N° 25.440, contentivo del juicio que por DESALOJO (Uso Comercial), que interpusiera contra la Sociedad Mercantil SIGAL, C. A, mediante la cual ejerce recurso de apelación contra el auto, dictado por este Juzgado en fecha 13 de noviembre de 2017 (f. 222), este Tribunal observa; que el mencionado apoderado judicial apela del auto donde se ordenó librar edicto, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, y visto que el mencionado auto es de mero trámite, este Tribunal NIEGA la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ PROVISORIA,
Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. FELIX J. VILLARROEL V.
Exp. 25.440
CBM/FJVV/José