REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, veinte (20) de noviembre de dos mil diecisiete (2017)
Años: 207º y 158º
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2017-0000125
PARTE ACTORA: RAIMUNDO DEL VALLE MOROCAIMA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIMÓN EDUARDO PALMA
PARTE DEMANDADA: CASA LUTECIA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCIS RODRÍGUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, veinte (20) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2017-000125, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Jueza ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada ZAIDA CAMEJO. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la comparecencia de la Abogada FRANCIS RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 115.818, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, CASA LUTECIA, C.A, cualidad que se desprende de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública de La Asunción, en fecha 13 de noviembre de 2017, quedando anotado bajo el número 13, Tomo 205 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicho despacho, el cual presenta en este acto en original y copia a effectum videndi, para que previa certificación por Secretaria sea agregado a las actas respectivas. Así mismo se deja constancia de la incomparecencia a esta audiencia de la parte actora en el presente asunto, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZA,
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ES/yvm.-.
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