REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Martes Veintiuno (21) de Noviembre de Dos Mil Diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : VP01-L-2017-001078.
Vista la diligencia presentada por la Abogada JHUMER ALARCON LEZCANO actuando en su carácter de APODERADA JUDICIAL de la parte actora Ciudadana LISSETTE DEL VALLE FUENMAYOR ALVAREZ ambas debidamente identificadas en dicha diligencia, y mediante la cual en nombre de su representada DESISTE DEL PROCEDIMIENTO que tienen intentado en contra de la demandada SOCIEDAD MERCANTIL VIVERES DE CANDIDO, S.A., este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación libre de volunta, sin apremio y coacción y previo la verificación de las facultades otorgadas a la diligenciante, entre ellas, las de CONVENIR, DESISITIR Y TRANSIGIR, conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISITIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado en nombre de su representada; impartiéndole su aprobación y pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a la demandada antes mencionada,
El Juez.
Abog: Alfredo García López La Secretaria.
Aboga. Lilisbeth Rojas
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