REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, quince (15) de noviembre de dos mil diecisiete
206º y 157º
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000899
PARTE ACTORA: MARYOLI BONILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RODOLFO HAYDE
PARTE DEMANDADA: MUNDO ANIMAL X C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANYELI CASTILLO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, quince (15) de noviembre de dos mil diecisiete, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado RODOLFO HAYDE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 30.883 en representación de la ciudadana MARYOLI BONILLA, titular de la cedula de identidad No. V-16.080.336 y la abogada ANYELI CASTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 133.010, con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MUNDO ANIMAL X C.A quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La demandante MARYOLI BONILLA, alega haber dado inicio a la relación laboral en fecha uno (1) de mayo de 2013, en la sociedad mercantil MUNDO ANIMAL X C.A, igualmente alega que devengaba como ultimo salario mensual la cantidad de Bs.80.000,00, así mismo arguye la demandante, que fue despedida sin justa causa del cargo de Medico Veterinaria, en fecha catorce (14) de agosto de 2017, por lo que reclama la cantidad total de Bs. 5.958.226,15, por los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones y bono vacacional 2017, utilidades fraccionadas 2017, horas extras laboradas y no canceladas, horas extras de Cesta Ticket laborada y no canceladas, vacaciones y bono vacacional fraccionados, días feriados no cancelados con salario mixto, cotizaciones del Seguro Social, Paro forzoso y las indemnizaciones por despido previstas en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras, los cuales se encuentran perfectamente discriminados en el libelo de la demanda y se dan aquí por reproducidos.
En este estado toma la palabra la abogada ANYELI CASTILLO, en representación de la sociedad mercantil MUNDO ANIMAL X C.A, y expuso“ expreso mi absoluto y categórico rechazo a las pretensiones contenidas en el escrito libelar, toda vez que no es cierto que la extrabajador se le adeuden las cantidades reclamadas por cuanto la relación de trabajo termino por renuncia voluntaria, así mismo niego que se le adeuden horas extra, embargo; para dar por terminado el presente juicio y así evitar mayores gastos y tiempo en este proceso así como en otras instancias, ofrezco a manera de arreglo cancelar la suma total de 1 millón 105 mil 890 bolívares con 82 céntimos (Bs.1.105.890,82), mediante cheque No. 44000380, librado contra la entidad financiera Banco Occidental de Descuento a favor de la ciudadana Anyeli Castillo, de fecha 15 de noviembre de 2017, es todo”.
En este estado toman la palabra el abogado RODOLFO HAYDE en representación de la ciudadana ANYELI CASTILLO y expuso “acepto el ofrecimiento que hace la representación de la demandada , así mismo declaro expresamente que no tengo nada mas que reclamar por los conceptos que le fueron por esta vía cancelados, es todo”
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO Se deja constancia de que se hace entrega de las pruebas consignadas en la instalación de la audiencia preliminar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo definitivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.
El Juez
Abg. Marlene Rojas de Siu
El Secretario
Los Presentes.
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